Alquiler familiar
Una situación que me ha generado una duda para el próximo ejercicio.
Pongamos que se arrienda a un familiar por precio de mercado, y con las deducciones y amortizaciones se obtiene un rendimiento menor que el 2% del vc (porque éste no ha sido revisado).
Al estar en precio de mercado (otra cosa es que no estuviera) imagino que Hacienda no exigiría el mínimo computable, porque en este caso se estaría castigando dicho arrendamiento por ser familiar.
Es decir, si es a precio de mercado se actúa como cualquier alquiler.
¿Estoy en lo cierto? Gracias.