Vivienda habitual y divorcio en IRPF
Después de 10 años divorciado y haber estado viviendo en alquiler este tiempo, decidí comprar una vivienda en 2018 a través de préstamo hipotecario. La que fue mi vivienda habitual quedó pagada y en usufructo de mi exmujer e hija sin haber disuelto aún el régimen de gananciales, por lo que sigo siendo propietario al 50% de aquella vivienda. El problema me surge en la tributación en la declaración del IRPF de mi actual vivienda como habitual por ser nudo propietario en el 50% de la anterior. En el caso de ser propietario al 100% de la nueva vivienda, ¿Tengo que tributarla como renta inmobiliaria? Estoy confuso en estos conceptos y su fiscalidad, ¿Podría decirme qué hacer en esta situación?
Muchísimas Gracias