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Temporalidad de ingresos por intereses ¿2018 o 2019?

3 respuestas
Temporalidad de ingresos por intereses ¿2018 o 2019?
Temporalidad de ingresos por intereses ¿2018 o 2019?
#1

Temporalidad de ingresos por intereses ¿2018 o 2019?

Un tío mío, con el que colaboré profesionalmente, hace un par de meses ha cobrado unos 2.500 €  correspondientes a intereses de una deuda subordinada que una ex-caja de ahorros tuvo que pagar por sentencia judicial, dicha entidad financiera (la que la absorbió) depositó en la cuenta judicial estos importes en 2018, pero el juzgado no emitía la orden de pago, y tras varios escritos del abogado se consiguió que tal juzgado emitiera la orden de pago en febrero de 2019 y consecuentemente mi tío pudo cobrar / ingresar en su cuenta.

La pregunta es ... si el banco ingresó en la cuenta judicial en 2018, pero el beneficiario final no cobra hasta 2019, y no porque no acudiera "a ventanilla" del banco para su cobro, sino porque el juzgado no emite la orden de pago, aun disponiendo de los fondos, hasta 2019 ¿estos 2.500 que son ingresos financieros, deben consignarse en la declaración de IRPF de 2019 o la de 2019? 

#2

Re: Temporalidad de ingresos por intereses ¿2018 o 2019?

Corresponde declararlos en la Renta del 2018 , que es cuando son exigibles, con independencia de cuando se cobran.

Saludos

#3

Re: Temporalidad de ingresos por intereses ¿2018 o 2019?

Gracias ... curiosamente se enteró por casualidad, porque aun colea el tema en los juzgados por un recurso en cuanto a una parte de las costas, y fue al reclamar los dos conceptos cuando en el escrito de disputa de tasación xe costas, el banco indicó que había ingresado esta cantidad en concepto de imtereses.

#4

Re: Temporalidad de ingresos por intereses ¿2018 o 2019?

En todo caso ante dudas, aunque tu lo tienes claro, entiendo que si uno lo declara en un irpf anterior, evitara recargos si la intepretación fuere otra.. al revés no los evita ¿cierto?