1.- CASO LEASING. La entidad declarante suscribió el día 1 de julio de 201X-10 un contrato a quince años con la entidad “leasing X” para el arrendamiento financiero con opción de compra de un remolque valorado en un importe de 154.000 €, que fue entregado y puesto a disposición de la arrendataria en la fecha indicada. La opción de compra, a ejercitar al final de la duración del contrato, se valora en 4.000 € importe del valor residual del remolque en dicho momento. La carga financiera se cifra en un importe equivalente a 30.000 €, repartiéndose el montante total de la operación 180.000 € (184.000-4.000) en 180 cuotas mensuales iguales de 1.000 € cada una. Con fecha de 1 de julio de 201X-10, al no existir dudas razonables de que se va a ejercitarla opción de compra, la entidad declarante contabilizó como activo material los derechos derivados del mencionado contrato, por un importe equivalente a 154.000€. Estimando en veinte años la vida útil del remolque recibido en arrendamiento, al cierre del ejercicio 201X, la entidad efectúa una dotación de 7.700€ a la amortización de los derechos derivados del contrato, por los doce meses de funcionamiento del remolque en el ejercicio. Las doce cuotas de arrendamiento financiero satisfechas durante el ejercicio 201X ascienden a 12.000 €, de las que 10.000 € es la parte correspondiente a la recuperación del coste del bien, teniendo el resto la consideración de carga financiera. - Determinar la corrección a realizar por la entidad sobre el resultado contable en su declaración y en los siguientes.
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