No residentes: a partir de cuándo se está obligado a pagar el INR?
Buenas. Mi situación es la siguiente:
Llegué a Canadá a finales de febrero de 2019 y (si todo va según lo previsto) pasaré todo el año 2019 aquí como empleada de una empresa canadiense. Sin embargo, en enero y febrero trabajé cobré como autónoma para una empresa española. Se me retuvo el IRPF correspondiente y el IVA está pagado ya.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Debería haber pagado el impuesto de no residentes del primer trimestre? La duda la tengo porque a día de hoy todavía no puedo saber de qué país soy residente fiscal porque todavía no he pasado la mitad del año en Canadá. ¿Deberé entonces pagarlo al final del año con recargo? Y si no debo pagar IRPF: ¿Qué hay de las retenciones de IRPF que se me practicaron?
Agradecería mucho si alguien pudiera ayudarme en este tema.
Muchas gracias por adelantado.