Fiscalidad/ control adminitrastivo de un local comercial de herencia que no paga alquiler
Buenos días,
La mediana de mis hermanas tiene un negocio de peluquería en el bajo de la vivienda familiar, por el que no paga renta ni alquiler alguno. El inmueble (vivienda y bajo) es prácticamente el único bien de la pequeña herencia de mis padres. Aunque hemos conseguido hacer la declaración de herederos, no podemos hacer el reparto. Todo es de todas, y de ninguna, claro. Mi hermana se niega a cesar en la actividad económica y dejar el local libre.
Voy a la cuestión que quiero plantear: ¿Estaría mi hermana obligada a informar en su declaración de la renta una ganancia extra ( puesto que hay una actividad económica de la que se lucra, sin pagar alquiler de local). ¿Sería este extra de gratuidad, una donación (no consentida) a declarar a la Comunidad Autónoma, entre hermanas?. ¿Esta situación puede repercutir en nuestra propia declaración de la Renta (sin tener beneficio alguno)?
¿Existe alguna norma fiscal, económica o reglamentaria que limite o sancione esta posición de privilegio que mi hermana ostenta mientras nosotras tenemos que pagar nuestros correspondientes impuestos?.¿Se me escapa alguna norma del IAE que pueda limitar su actividad económica?
Lo que más me choca, desde que estoy tratando de aclarar esta situación es la cantidad de casos que me cuentan, muy similares, con pisos, viviendas, tierras de labor….? Es casi imposible hacer nada administrativamente….
Muchas gracias