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Impuesto sucesiones donaciones Comunidad Valenciana
Buenos días, imaginemos que yo como madre realizo una donación no colacionable a mi hija de la nuda propiedad de mi vivienda habitual reservándome del usufructo vitalicio, y que la base para calcular el impuesto sobre donaciones no supera los 100000 euros. Según la legislación de mi provincia, Comunidad Valenciana, la cuota líquida a pagar es de cero euros cuando el impuesto sobre sucesiones y donaciones no supera los 100000 euros.
Imaginemos que al año de realizar la donación fallezco, y mi masa hereditaria asciende a 90000 euros. ¿Mi hija se seguiría beneficiando de la bonificación en el impuesto sobre sucesiones al no superar la masa hereditaria los 100000 euros, o han de trascurrir un número de años desde la primera liquidación del impuesto sobre donaciones y esta segunda liquidación del impuesto sobre sucesiones para poder beneficiarse de la bonificación de los 100000 euros?
Gracias