#1
Los bancos tienen la obligación de informar a la Agencia Tributaria de ciertas operaciones de sus clientes. En este caso
Buenas tardes.
Ingresar o retirar dinero de tu banco es una actividad que se realiza con habitualidad; pero debes tener en cuenta que existe un límite para estas operaciones. En principio, sobre las transacciones que se realizan en una cuenta bancaria solo tienen constancia los titulares de la cuenta y el propio banco, sin embargo Hacienda siempre está pendiente.
De hecho, las entidades bancarias tienen la obligación de informar a la Agencia Tributaria y al Banco de España sobre los ingresos de sus clientes, especialmente si los importes que se manejan son muy altos, con el objetivo de prevenir el fraude fiscal.
Ante esta situación, ¿cuál es el importe límite para considerar una transacción ‘sospechosa’? Esto dependerá de si el movimiento de dinero se realiza en efectivo o a través de otros movimientos bancarios como una transferencia. Los movimientos de dinero en efectivo, a través de monedas, billetes o cheques al portador, están sujetos al control que marca la ley si superan los 10.000 euros fuera del territorio nacional o 100.000 euros dentro del país.
En esos casos, el importe se debe justificar a través de la entrega del modelo S1. Se trata de una declaración previa que se deberá realizar siempre antes de realizar la operación.
Si no se presenta este modelo, la Ley 10/2010 de 28 de abril, establece sanciones de entre 600 € y el doble del valor de los medios de pago intervenidos. Pero, en caso de no justificar adecuadamente el origen, las sanciones pueden oscilar entre 60.000 y 150.000 euros.
Otros movimientos
Además de las operaciones en efectivo en las que hay que justificar el importe, las entidades bancarias también tienen la obligación de establecer un control financiero sobre otros actividades. En concreto, el banco deberá notificar las transacciones, ya sea ingreso o retirada, con billetes de 500 euros sea cual sea el importe. Una sentencia del Tribunal Supremo determinó que las entidades deben dejar constancia de estas actividades con el objetivo de evitar el blanqueo de capitales.
Por otra parte, las transacciones que superen los 10.000 euros y los pagos y cobros en efectivo de más de 3.000 euros también son foco de interés para Hacienda. Junto a ello también se informa de los préstamos y créditos de más de 6.000 euros a los que haya accedido un cliente.
Al realizar cualquiera de las operaciones anteriores en tu cuenta bancaria, queda registrado en el Banco de España y Hacienda recibe una notificación. Los bancos deben informar sobre la operación, el importe, el número de cuenta y sus titulares. En principio esta información va dirigida a la Hacienda española, pero también podrá acceder a ella otros países de la UE o que tienen acuerdos de colaboración contra el fraude y blanqueo firmados con España.
Sin embargo, esto no implica que el cliente deba realizar un procedimiento concreto, sino que la Agencia Tributaria, si lo considera necesario, puede pedir que justifique la procedencia o destino de los importes. En caso de sospechar, puede abrir una investigación sobre ello.
https://www.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/cuanto-dinero-ingresar-cuenta-justificar-declarar-hacienda/6517352/?obOrigUrl=true
Un saludo!
Ingresar o retirar dinero de tu banco es una actividad que se realiza con habitualidad; pero debes tener en cuenta que existe un límite para estas operaciones. En principio, sobre las transacciones que se realizan en una cuenta bancaria solo tienen constancia los titulares de la cuenta y el propio banco, sin embargo Hacienda siempre está pendiente.
De hecho, las entidades bancarias tienen la obligación de informar a la Agencia Tributaria y al Banco de España sobre los ingresos de sus clientes, especialmente si los importes que se manejan son muy altos, con el objetivo de prevenir el fraude fiscal.
Ante esta situación, ¿cuál es el importe límite para considerar una transacción ‘sospechosa’? Esto dependerá de si el movimiento de dinero se realiza en efectivo o a través de otros movimientos bancarios como una transferencia. Los movimientos de dinero en efectivo, a través de monedas, billetes o cheques al portador, están sujetos al control que marca la ley si superan los 10.000 euros fuera del territorio nacional o 100.000 euros dentro del país.
En esos casos, el importe se debe justificar a través de la entrega del modelo S1. Se trata de una declaración previa que se deberá realizar siempre antes de realizar la operación.
Si no se presenta este modelo, la Ley 10/2010 de 28 de abril, establece sanciones de entre 600 € y el doble del valor de los medios de pago intervenidos. Pero, en caso de no justificar adecuadamente el origen, las sanciones pueden oscilar entre 60.000 y 150.000 euros.
Otros movimientos
Además de las operaciones en efectivo en las que hay que justificar el importe, las entidades bancarias también tienen la obligación de establecer un control financiero sobre otros actividades. En concreto, el banco deberá notificar las transacciones, ya sea ingreso o retirada, con billetes de 500 euros sea cual sea el importe. Una sentencia del Tribunal Supremo determinó que las entidades deben dejar constancia de estas actividades con el objetivo de evitar el blanqueo de capitales.
Por otra parte, las transacciones que superen los 10.000 euros y los pagos y cobros en efectivo de más de 3.000 euros también son foco de interés para Hacienda. Junto a ello también se informa de los préstamos y créditos de más de 6.000 euros a los que haya accedido un cliente.
Al realizar cualquiera de las operaciones anteriores en tu cuenta bancaria, queda registrado en el Banco de España y Hacienda recibe una notificación. Los bancos deben informar sobre la operación, el importe, el número de cuenta y sus titulares. En principio esta información va dirigida a la Hacienda española, pero también podrá acceder a ella otros países de la UE o que tienen acuerdos de colaboración contra el fraude y blanqueo firmados con España.
Sin embargo, esto no implica que el cliente deba realizar un procedimiento concreto, sino que la Agencia Tributaria, si lo considera necesario, puede pedir que justifique la procedencia o destino de los importes. En caso de sospechar, puede abrir una investigación sobre ello.
https://www.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/cuanto-dinero-ingresar-cuenta-justificar-declarar-hacienda/6517352/?obOrigUrl=true
Un saludo!
Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy