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Prima de Emisión para Start-up es Donación?
Hola!
Llevo un tiempo buscando una solución dentro del marco legal español a una figura que parece ser muy común en el mundo anglosajón, pero quizás no aplicable en España: las primas de emisión como vehículo de financiación para empresas start-ups que aún no han iniciado su actividad.
Imaginemos que dos socios tienen una idea para crear una empresa tecnológica pero necesitan 1 millón de euros sólo para poder empezar. Ejemplo: junto al software, hace falta comprar un inmueble y realizar obras o invertir en maquinaria.
Supongamos que los socios llegan a un acuerdo con inversor por un millón de euros por el 25 % de la sociedad, que hasta es momento está inactiva, recién creada. Dicho millón entra en la sociedad mediante una ampliación de capital de 1.000 participaciones a favor del nuevo inversor, quien las suscribe abonando además una prima de emisión de 999 euros por cada participación. Entre los fundadores y el inversor no hay ningún grado de parentesco.
Supongamos que los socios llegan a un acuerdo con inversor por un millón de euros por el 25 % de la sociedad, que hasta es momento está inactiva, recién creada. Dicho millón entra en la sociedad mediante una ampliación de capital de 1.000 participaciones a favor del nuevo inversor, quien las suscribe abonando además una prima de emisión de 999 euros por cada participación. Entre los fundadores y el inversor no hay ningún grado de parentesco.
¿dicha prima pueda ser considerada una donación a favor de la empresa? o peor aún, una donación a los socios? En este ultimo caso, deberían ademas pagar el aumento por IRPF?
Muchas gracias