¡Hola! Las personas jubiladas que solo obtenga su pensión, no están obligado a hacer la Declaración de la Renta
si sus ingresos no sobrepasan 22.000 euros anuales. Pero en el caso de que cobre otra pensión por haber cotizado en el extranjero, este límite se reduce a 11.200 euros anuales de ingresos ya que se trata de dos pagadores diferentes. Por lo que si sus ingresos por ambas pensiones son superiores a 11.200 euros, estará obligado a realizar la declaración.
La Agencia Tributaria nos informa de que el modelo 146 "podrá ser utilizado por los pensionistas que tengan dos o más pagadores para acogerse al procedimiento especial, cuyo objetivo fundamental consiste en lograr que el importe total de las retenciones e ingresos a cuenta sobre las pensiones y haberes pasivos procedentes de más de un pagador soportados por los contribuyentes que se acojan al mismo, coincida con el que hubieran soportado de haber procedido los citados rendimientos de un solo pagador».
¡Saludos!