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Deducción de maternidad: cuestiones variadas
Buenos días:
Madre trabajadora con dos niños: el mayor cumple tres años en agosto de 2019 y el pequeño tiene menos de tres años en 2019. Por ellos cobra la deducción por maternidad (cobro anticipado) a razón de 200 euros/mes de enero a julio y 100 euros/mes de agosto a diciembre.
Problemas:
- El importe que la empresa cotizó por esta madre trabajadora fue de 170 euros/mes los meses "normales" y 340 euros/mes los meses que cobró paga extra.
- Esta madre pidió una excedencia voluntaria entre el 15 de agosto y 30 de septiembre.
Entiendo que como consecuencia de lo anterior ha de regularizar la deducción anticipada cobrada en septiembre puesto que no se puede cobrar estando en excedencia pero la de agosto ¿debería regularizarla también? Entiendo que no porque, a efectos de esta deducción, basta con haber cotizado un día del mes... pero me gustaría saber vuestra opinión.
Otra cosa más: la deducción no puede superar el importe de las cotizaciones de la madre pero, ¿se mira en cómputo mensual o en cómputo anual? Es decir, por ejemplo enero: cobró 200 euros pero cotizó por 170 euros; con lo cual parecería que sólo se podría haber deducido 170 euros. Sin embargo la suma de cotizaciones ANUALES es superior a las deducciones a las que tendría derecho ANUALES.
TERMINO: esta madre recibió de su empresa dos pequeñas cantidades en concepto de "gurdería" y "natalidad" que ESTÁN INCLUIDAS EN SU TOTALIDAD dentro de sus retribuciones brutas, es decir no están exentas de tributación: ¿Hay que tenerlas en cuenta de alguna forma a efectos de la deducción ampliada por gastos de custodia en guardería? Entiendo que no pero me gustaría saber vuestra opinión (en los datos fiscales: "el importe subvencionado" y "el importe subvencionado por la empresa" aparecen con importe cero.
Muchas gracias por vuestras respuestas.
Madre trabajadora con dos niños: el mayor cumple tres años en agosto de 2019 y el pequeño tiene menos de tres años en 2019. Por ellos cobra la deducción por maternidad (cobro anticipado) a razón de 200 euros/mes de enero a julio y 100 euros/mes de agosto a diciembre.
Problemas:
- El importe que la empresa cotizó por esta madre trabajadora fue de 170 euros/mes los meses "normales" y 340 euros/mes los meses que cobró paga extra.
- Esta madre pidió una excedencia voluntaria entre el 15 de agosto y 30 de septiembre.
Entiendo que como consecuencia de lo anterior ha de regularizar la deducción anticipada cobrada en septiembre puesto que no se puede cobrar estando en excedencia pero la de agosto ¿debería regularizarla también? Entiendo que no porque, a efectos de esta deducción, basta con haber cotizado un día del mes... pero me gustaría saber vuestra opinión.
Otra cosa más: la deducción no puede superar el importe de las cotizaciones de la madre pero, ¿se mira en cómputo mensual o en cómputo anual? Es decir, por ejemplo enero: cobró 200 euros pero cotizó por 170 euros; con lo cual parecería que sólo se podría haber deducido 170 euros. Sin embargo la suma de cotizaciones ANUALES es superior a las deducciones a las que tendría derecho ANUALES.
TERMINO: esta madre recibió de su empresa dos pequeñas cantidades en concepto de "gurdería" y "natalidad" que ESTÁN INCLUIDAS EN SU TOTALIDAD dentro de sus retribuciones brutas, es decir no están exentas de tributación: ¿Hay que tenerlas en cuenta de alguna forma a efectos de la deducción ampliada por gastos de custodia en guardería? Entiendo que no pero me gustaría saber vuestra opinión (en los datos fiscales: "el importe subvencionado" y "el importe subvencionado por la empresa" aparecen con importe cero.
Muchas gracias por vuestras respuestas.