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Deducción pérdida patrimonial - ordenador autónomo
Buenas tardes,
soy nuevo en el foro y en primer lugar quería agradeceros el tiempo que dedidqueis en leer mi consulta y más aún si os molestáis en contestar.
Soy autónomo en el sector de IT. Compré un equipo el pasado agosto de 2019 y para este ejercicio en la declaración tengo pendiente amortizar su coste sin IVA dividido entre 12 y multiplicado por los 5 meses que lo disfruté.
Hasta aquí no hay dudas y creo que estoy ejerciendo correctamente.
El IVA también fue deducido en la declaración del tercer trimestre del año pasado ya que era menor a 3005,6€
El problema y las dudas surgen por lo siguiente: el ordenador ha quedado inutilizado, está roto y no me lo arreglan por temas de garantía.
¿Cuál es la forma de proceder a efectos de IVA e IRPF de 2020 con el equipo? esto es, ¿hay que regularizar el IVA ya que el equipo no ha sido amortizado por completo?, en la declaración del IRPF de 2020, podré deducir entiendo los primeros 4 meses de uso, ¿cierto o cuál es la forma de proceder?, ¿meter lo que quedaba por amortizar como pérdidas patrimoniales?
Como podéis ver, no tengo ni idea de cómo se procede con esto.
Un saludo y muchas gracias de nuevo
soy nuevo en el foro y en primer lugar quería agradeceros el tiempo que dedidqueis en leer mi consulta y más aún si os molestáis en contestar.
Soy autónomo en el sector de IT. Compré un equipo el pasado agosto de 2019 y para este ejercicio en la declaración tengo pendiente amortizar su coste sin IVA dividido entre 12 y multiplicado por los 5 meses que lo disfruté.
Hasta aquí no hay dudas y creo que estoy ejerciendo correctamente.
El IVA también fue deducido en la declaración del tercer trimestre del año pasado ya que era menor a 3005,6€
El problema y las dudas surgen por lo siguiente: el ordenador ha quedado inutilizado, está roto y no me lo arreglan por temas de garantía.
¿Cuál es la forma de proceder a efectos de IVA e IRPF de 2020 con el equipo? esto es, ¿hay que regularizar el IVA ya que el equipo no ha sido amortizado por completo?, en la declaración del IRPF de 2020, podré deducir entiendo los primeros 4 meses de uso, ¿cierto o cuál es la forma de proceder?, ¿meter lo que quedaba por amortizar como pérdidas patrimoniales?
Como podéis ver, no tengo ni idea de cómo se procede con esto.
Un saludo y muchas gracias de nuevo