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Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

16 respuestas
Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
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Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Buenas, he logrado vender mi casa en tenerife donde tenemos la bonificacion del impuesto de sucesiones al 99,9%. Segun he leido por haber vendido antes de 5 años voy a tener que hacer una nueva declaracion donde voy a tener que pagar el impuesto de sucesiones INTEGRO....unos 40.000 euros + INTERESES DE DEMORA. La casa la herede en 2018 y la vendo en 2020.

Por si sirve de algo la casa la vendo a perdidas, valor heredado 256.0000, valor de venta 230.000.

Aparte de esto buscando y leyendo bastante lei algo sobre que hay reducciones en el impuesto por parentezco, yo soy del grupo 2 y segun tengo entendido mi comunidad no especifica la cuantia de la reduccion con lo cual se aplicaria la estatal que es de 15.956 euros....quiere decir esto que de los teoricos 40.000 euros a pagar tendria que restarle esos 15.956?.

Agradecria ayuda porque entre la plusvalia y sucesiones que voy a tener que pagar por vender antes de los años establecidos la broma se me va a ir a unos 70.000 euros......y en fin.

Gracias.
#2

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Si es en Canarias, tiene sus reducciones mejoradas respecto a la ley estatal. Las reducciones se restan de la base imponible, no de la cuota:
 https://www.iberley.es/temas/impuesto-sobre-sucesiones-canarias-isd-29871
Grupo II
Cónyuge: 40.400 euros
Hijos o adoptados: 23.125 euros
Resto de descendientes: 18.500 euros
Ascendientes o adoptantes: 18.500 euros

Adicionalmente, hay una bonificación de la cuota:
NOVEDAD: a partir del 1 de enero de 2020 la bonificación del 99,9 por ciento, independientemente de la cuota tributaria, se aplicará solo al Grupo I. Los Grupos II y III, bonificarán el 99,9% hasta  los 55.000 euros

Para la cantidad que estás hablando, la cuota es inferior a 55.000 euros, por tanto, si es en Canarias, cuando presentes la nueva liquidación la cuota no serán ni 100 euros.
#3

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Pero no entiendo muy bien, a ver si me explico.

Yo herede en 2018, valor de la casa heredada en impuesto de sucesiones 256.000. 

Tenia que pagar poco mas de 40.000 euros en impuesto de sucesiones, pero como estaba bonificado en 2018 al 99,9% pague solo 1000 euros.

Esta semana lo que ha pasado es que he vendido la casa por 230.000 euros.....y la bonificacion del 99,9% por la que vendi la casa en 2018  estaba sujeta a que yo mantuviera la propiedad sin vender 5 años, he vendido al segundo año, con lo que la bonificacion desaparece y tengo que abonar los 40.000 iniciales que me dijeron en 2018.

Una vez explicado esto, no entiendo lo de que segun modificacion de 1 enero de 2020 los grupos 2 y 3 bonifican hasta 55.000 la cuota....osea quiere eso decir que la cuota es lo que tienes que pagar al final a hacienda?...esta bonificada ahora tambien?.....pero entiendo que esta bonificacion de la cuota esta tambien sujeta a que yo no venda en 5 años la casa y como la voy a vender no puedo acojerme a ella?.....me equivoco?.

Se que son muchas preguntas, pero es que sinceramente es mucha pasta la que voy a soltar y me estoy volviendo loco.
#4

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

hay 2 temas distintos que te estás liando, vienen en el enlace que te copié antes:
- Mejora de la reducción de la base imponible por la adquisición «mortis causa» de la vivienda habitual del causante. Se reduce el valor de la vivienda en la base en el 99% sobre un máximo de 200.000 euros. Aquí es donde afecta no haber cumplido ese plazo de 5 años.
- Bonificación de la cuota por parentesco del 99,9%. Y antes de 2020 esta bonificación no tenía límite de cuota, por tanto, en tu declaración complementaria no afectaría este "empeoramiento" de las condiciones. No es solo para la vivienda, es para toda la cuota que salga a pagar del impuesto.

Lo primero es lo que perderías; lo segundo, no. 
Y si dices que pagaste 1.000 euros de Sucesiones, me da que la reducción primera no la aplicaste, salvo que hubiera otros bienes en la herencia, y que aplicaste directamente solo la bonificación.
#5

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Eso es lo que me salio en 2018, perdon por decir que me salio a pagar 1000 euros. Lo de los 1000 euros era otro papel, pero estoy con un lio ya que no veas. La Base imponible real son 273.000 en vez de 265.0000 porque a los 265.000 le sumaron aujar domestico por 8.000, tambien me equivoque, perdon, eran 265.000, no 256.000. Pido perdon por todas las equivocaciones. Al final de la declaracion pone a ingrecer 0  CERO. Entonces es como tu dices?. una cosa es lo de la bonificacion los 5 años de la casa y otra cosa es la cuota final que tambien esta bonificada?. Porque es que me va a dar algo porque ya me habia hecho a la idea de que entre una cosa y la otra 70.000 euros se iban a ir volando teniendo que hacer una declaracion nueva.
#6

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

puedes ver claramente que en la base imponible no te han reducido por ningún lado lo de la vivienda habitual, aparece el valor de la vivienda+ajuar y te restan la reducción autonómica para llegar a la base liquidable. 
Lo que te bonifican es la cuota.
De lo comentado, en mi opinión no tienes que rectificar el Impuesto de Sucesiones porque no usaste la reducción.
#7

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Acabo de encontrar esto en una pagina aunque luego leyendo los boletines de canarias referentes al impuesto no lo mencionan en ningun lado y ya me acaban de entrar de nuevo las dudas.

"  3.- Que el causante de la sucesión haya tenido su residencia habitual en Canarias no solo en el momento del fallecimiento, sino también durante los últimos cinco años. La bonificación en ningún caso es aplicable cuando el fallecimiento haya ocurrido antes del 1 de enero de 2008, aunque la presentación de la declaración del Impuesto se realice durante el año 2008."

Mi padre fallecio en 1984 pero la aceptacion de herencia no se ha hecho hasta 2018, pero fallecio en 1984, antes de 2008 como pone ahi.
#8

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Bacalao una chica que trabaja en una gestoria me ha dicho que si mi padre fallecio en 1984 y la aceptacion de herencia fue en 2018 el impuesto de sucesiones esta mas que prescrito y que por eso no me cobraron nada. Que opinas?.
#9

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Es posible; en la imagen que copias de la liquidación sale una cuota de 43894 y la bonificación del 99,9% es de 43851, por tanto la cuota a ingresar debería haber sido 43 euros (el 0,1% no bonificado). 
Con lo cual parece que han aplicado la prescripción del impuesto y se ha tomado 0 como cuota.
Si solo presentaste entonces la liquidación del impuesto como requisito para poder cambiar la vivienda a tu nombre, lo tienes todavía mejor:
-en la liquidación no se usó la reducción por vivienda habitual. No procedía por ello presentar ahora una nueva liquidación al haberla vendido.
-encima el impuesto estaba prescrito.

Te diría que te quedes tranquilo y te olvides de este tema, pues no pueden reclamarte nada.
#10

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Pero el impuesto prescribe?.....yo se que prescribe si por ejemplo se muere mi padre hoy, acepto la herencia, no presento el impuesto, pasan 4 años y hacienda se ha olvidado, entonces tengo entendido que preescribe. 

Pero preescribe también por no haber hecho la aceptación de herencia en más de 30 años?. 
#11

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

la prescripción del impuesto de Sucesiones se produce a los 4 años y 6 meses del fallecimiento (6 meses es el plazo voluntario para pagar el impuesto, y a partir de ahí cuentan los 4 años de prescripción del impuesto). Da igual que se haya aceptado o no la herencia en ese plazo. Son temas jurídicos distintos, con diferentes leyes.
Precisamente me parece que el problema está cuando se renuncia a la herencia una vez prescrito el impuesto, pues puede considerarse una donación y toca pagar impuestos. Pero en caso de aceptación, no hay problema
https://aticojuridico.com/renunciar-a-una-herencia-puede-no-librarte-de-pagar-impuestos/

#12

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Y entonces pregunto, porque la gente no deja sin aceptar la herencia hasta pasados 4 años y 6 meses para así, por ejemplo, hacer el acto de aceptación de herencia a los 5 años y así poder decir que el impuesto está prescrito?. 

Lo pregunto porque yo he podido estar 34 años sin aceptar la herencia. 

No lo entiendo, sería una forma de ahorrarte el impuesto. 
#13

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

es una estrategia posible. 
Ten en cuenta que tu caso deriva de un momento en que seguramente el control era muy laxo y los medios informáticos muy pobres,  y a la administración pública se le podían escapar muchos casos, con lo cual es probable que mucha gente no presentara la declaración del impuesto o lo hiciera con menos bienes de los existentes.

Pero probablemente hoy en día tienen mejores medios informáticos: reciben la información de los fallecimientos desde los registros civiles, pueden consultar igualmente datos informatizados de bancos, registro de la propiedad, averiguar si hay familiares directos.... Se puede instar una declaración de herederos ante un notario, y si no se presenta ninguno o no existen, en última instancia, se lo queda todo el Estado (lo que llaman herencia vacante). Con lo cual, si están ágiles, antes de que transcurran los 4 años, o te pillan o te quedas sin herencia.
Tal vez durante muchos años, especialmente antes de la crisis del 2008, las administraciones públicas nadaban en la abundancia y perseguir casos muy complicados no les interesaba. Pero desde la crisis, han espabilado mucho, sobre todo las administraciones autonómicas, que andan caninas.

#14

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

"Si solo presentaste entonces la liquidación del impuesto como requisito para poder cambiar la vivienda a tu nombre, lo tienes todavía mejor:
-en la liquidación no se usó la reducción por vivienda habitual. No procedía por ello presentar ahora una nueva liquidación al haberla vendido."

No se supone que eso va incluido en donde pone al final "Bonificacion en cuota por grupo 1 y 2".???. 

O se supone que lo de bonificacion en la base imponible por vivienda sujeta a mantener 5 años tenia que haberse puesto en un punto anterior a todo eso?, que es lo que dices que no sale por ningún lado. 

Es que me parece todo demasiado bonito para ser verdad. 
#15

Re: Perdida de bonificacion del impuesto por venta antes de 5 años. - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Bueno, todo esto me pasa por no leer a fondo.....y en la siguiente página pone lo de los 4 años y pico que me has dicho 🤦‍♂️😆.