Re: ¿Desgrava el seguro del hogar?
hola, si ya te desgravas el máximo, que son este año 9.040 euros, no puedes desgravarte el seguro del hogar en ningún sitio, lo siento,,
hola, si ya te desgravas el máximo, que son este año 9.040 euros, no puedes desgravarte el seguro del hogar en ningún sitio, lo siento,,
nanuk, pero es que si " has arrendado tu vivienda habitual" no te puedes desgravar absolutamente nada, ni la hipoteca ni el seguro etc... solo hay desgravaciones a la vivienda habitual cuando vives en ella.. de hecho, tienes además que declarar los ingresos que percibes, lo que si puedes es deducirte ( que no es desgravar ) los gastos de amortización y otros gastos que te ocasiones esa casa, en el apartado de ingresos por arrendamientos de bienes inmuebles, pero el seguro del hogar no se deduce si tu no lo pagas, es de cajón..
y como demuestro eso? lo digo porque tampoco te obligan, tu puedes cambiar de seguro posteriormente a costa de perder dinero, pero obligar no te obligan.... no?
Desgrava si te obliga el banco a tenerlo, en mi caso lo tengo en la copia simple de la escritura de la hipoteca, en un apartado que dice: gastos a cuenta del hipotecado, entre otros me aparece el seguro de incendio.
No tengo la obligación de tenerlo contratado a través del banco, pero sí de tener un seguro de incendio donde el banco sea el beneficiario.
Para aportar un poco de luz sobre la cantidad del recibo a declarar, os diré que el año pasado llame a hacienda para hacer la modificación del borrador. Pregunte por el tema del recibo del hogar y la señorita que me atendió me hizo una fórmula matemática para saber la parte del recibo correspondiente, que se destinaba a incendio. Ya que tengo contratado contenido y continente en mi póliza, y el recibo corresponde a todo lo contratado.
Nº de hacienda 901335533, preguntar aquí.
Este año todavía no lo he hecho, cuando lo haga, si me dan la información, cuelgo la formula en el foro.
En la compañía de seguros no me desglosan el recibo como para saber la parte que va a incendios.
Creo que oficialmente la Agencia Tributaria, no tiene ningún método para calcular la parte correspondiente al seguro de incendio. De ser así, lo incluiría en su Manual. Lo más "oficial" que he encontrado se encuentra en INFORMA en la página web de la Agencia Tributaria:
126890-PRIMAS DE SEGUROS
Pregunta
¿Son deducibles como adquisición de vivienda las cantidades abonadas anualmente como primas de seguros que habitualmente exigen los bancos cuando conceden hipotecas?
Respuesta
Sí. Cuando exista derecho a aplicar la deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, esta se practicará sobre las cantidades satisfechas en el año para la adquisición o rehabilitación, incluídos los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquirente y, en caso de financiación ajena, la amortización, los intereses y demás gastos derivados de dicha financiación, entre los cuales se encuentran las primas de los contratos de seguro de vida y de incendios que se acostumbra a incluir en las condiciones de los préstamos hipotecarios.
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Por lo tanto si consigues una información más concreta sobre el tema, te agradeceríamos que lo colgaras.
Saludos.
Hola.
Llame hoy para preguntar por el tema de la formula, la persona que me atendió me dijo que no existía esa información.
Le comente el caso del año pasado, que la persona que me atendió en aquel momento me dijo que siguiera unos pasos (fórmula matemática) y con esa operación conseguí la cantidad destinada a incendio. La chica que me atendió no sabía nada del asunto de la formula.
Vaya gracia, el año pasado incluí el seguro del hogar por la cantidad que me había dicho la de hacienda.
Tendré que preguntar en una delegación de hacienda.
Vaya..., la verdad es que también es una decepción para mi. Porque llevo tiempo buscando una respuesta satisfactoria.
Gracias de todas formas y si encuentras algo y lo comentas, muy, pero que muy agradecido.
Saludos.
Pues e vuelto a llamar hace un rato, esta vez la señorita de turno me ha dicho que tengo que saber la parte destinada a continente.
Entre ellos tampoco se aclaran mucho, no tienen un mismo criterio.
Vaya con los de hacienda….