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¿Los gatos financieros por aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias son deducibles a efectos del IRPF?
Buenos días,
el año pasado adquirí una propiedad y la Agencia Tributaria me concedió el aplazamiento y fraccionamiento del ITP. La propiedad la volví a vender ese mismo año ya que no era lo que buscaba. Preparando la declaración de la renta me surge la duda si puedo incluir los intereses de ese aplazamiento y fraccionamiento como gasto de adquisición?
Muchas gracias por vuestras opiniones.
Un cordial saludo
el año pasado adquirí una propiedad y la Agencia Tributaria me concedió el aplazamiento y fraccionamiento del ITP. La propiedad la volví a vender ese mismo año ya que no era lo que buscaba. Preparando la declaración de la renta me surge la duda si puedo incluir los intereses de ese aplazamiento y fraccionamiento como gasto de adquisición?
Muchas gracias por vuestras opiniones.
Un cordial saludo