Acceder

Deducción autonómica por adquisición de vivienda

8 respuestas
Deducción autonómica por adquisición de vivienda
Deducción autonómica por adquisición de vivienda
Página
1 / 2
#1

Deducción autonómica por adquisición de vivienda

Hola,

Estoy haciendo la renta del 2009 y veo que en deducciones autonómicas de la Comunidad Valenciana hay una deducción llamada "Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual con utilización de financiación ajena".

En mi caso adquirí la vivienda en 2009 con financiación ajena (más del 50% como especifica uno de sus requisitos).

Pero hay otro requisito que es: "La deducción no será de aplicación a las cantidades destinadas a la construcción o ampliación de la vivienda habitual ni a las depositadas en cuenta vivienda."

Mi duda viene porque yo tenía una cuenta vivienda con dinero que ya me desgravé en declaraciones anteriores, pero a la hora de hacer la transferencia al promotor ingresé más dinero a dicha cuenta puesto que no era suficiente el que había en la cuenta vivienda. Y de este modo hacer una única transferencia con el dinero para la entrega de llaves.

Ahora lo que no tengo claro es si ese dinero que puse en la cuenta vivienda para inmediatamente hacer la transferencia en un único pago al promotor me sirve para aplicarme esa deducción autonómica.

¿ Alguien me lo podría aclarar ?
Gracias.

#2

Re: Deducción autonómica por adquisición de vivienda

Esa condición se refiere a que no puedes aplicarte la deducción autonómica de cantidades que ingresas en tu cuenta vivienda para deducírtelas como tal. Por lo que explicas entiendo que hiciste un ingreso en la cuenta pero no para deducirlo como cuenta vivienda sino para hacer la transferencia conjunta.

Así que si el dinero lo destinas para la adquisición o rehabilitación y no para deducírtelo por cuenta vivienda no hay ningún problema, te puedes aplicar la deducción autonómica si cumples el resto de requisitos.

Saludos

#3

Re: Deducción autonómica por adquisición de vivienda

Así es, el mismo día que iba a firmar de la vivienda, hice un ingreso en la cuenta vivienda con el dinero que faltaba para llegar al 100% del dinero que me faltaba por entregar en la entrega de llaves. Y después de dicho traspaso de dinero en el banco me hicieron una única transferencia con el total de la cuenta vivienda a la cuenta del promotor cuyo justificante entregué unas horas después en el notario.

Lo que tu me comentas es lo que yo entendía leyendo las condiciones pero no lo acababa de tener del todo claro. Entiendo que por ejemplo las cantidades aplazadas que se entregan al promotor se consideran "cantidades destinadas a la construcción" por lo que esas cantidades no se podrían desgravar en dicho concepto. ¿ Correcto ?
Mi hermana por ejemplo el año pasado estuvo realizando pagos aplazados al promotor. Esos pagos aplazados, en este caso, ¿ no se podrían desgravar no ? Mientras que el dinero pagado y gastos el dia de la firma si podría desgravarse por considerarse de adquisición.

Aparte de dicha desgravación en la Comunidad Valenciana hay otra denominada "Por primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años" que es de un 5%. En esta especifica que es tanto para adquisición o construcción por que supongo que se puede deducir todo el dinero entregado (ya sea en cuotas al promotor, el pago de entrega de llaves o amortización de préstamo, excepto los intereses). Vamos como si fuera la deducción estatal del 15% de adquisición de vivienda habitual exceptuando los intereses del préstamo.

Gracias,
Un saludo.

#4

Re: Deducción autonómica por adquisición de vivienda

Exactamente si le estás pagando al promotor se supone que le estás dando unas cantidades para que siga realizando la construcción y, por lo tanto, esa deducción no sería aplicable. La otra que comentas no limita por construcción pero tiene otros límites como que sea primera vivienda habitual o el límite de la base imponible general y del ahorro a 14.473.20€.

La verdad que las deducciones autonómicas tienes más condiciones que el contrato de un banco, llega un punto que comprobando si cumples todos los requisitos parece que estés jugando a la lotería...

La primera condición... la tengo
La segunda... también
La siguiente... :P

Eso sí, la alegría es la misma que si aciertas por lo menos un par de números y te llevas algún premio pequeño.

Saludos

#5

Re: Deducción autonómica por adquisición de vivienda

Este tema me está volviendo loco pero con hacienda hay que dejar los cabos bien atados. Resulta que en la deducción autonómica "Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual con utilización de financiación ajena" hay un pequeño detalle que me trae de cabeza.

Me explico, dentro de dicha deducción te pide que pongas las cantidades invertidas en 2009 y justamente abajo se debe poner si dentro de esas cantidades se ha invertido parte dentro de los 2 años siguientes a la compra (la diferencia está en deducir el 3,3% frente al 1,65% de dicha cantidad). Mirando la ayuda del programa PADRE especifica que dichas cantidades aportadas dentro de los 2 años siguientes son contadas de fecha a fecha y aquí es donde viene mi duda.

En mi caso no hay problema porque el pago lo efectué el mismo día de la escritura, pero mi hermana hizo el ingreso al promotor un día antes de firmar la escritura. ¿ Se pierde la deducción del 3,3% (aplicandose de este modo el 1,65%) de dichas cantidades por haber pagado 1 día antes ?

Igual me estoy obsesionando pero ya sabemos como son estos de Hacienda :\

EDITO: Y claro el problema es que escrituró un 28 de diciembre por lo que en esta deducción no puede añadir ningún pago al banco, y lo único que le queda por rascar sería ese dinero entregado a la entrega de llaves (pero 1 día antes de la escritura).

Gracias,
Un saludo.

#6

Re: Deducción autonómica por adquisición de vivienda

Cuando haces un pago a cuenta, se entiende que es un adelanto del dinero que aportarás el día que compres, por lo tanto, se considera que lo pagaste ese primer día. Así que sólo debes tener en cuenta que no fue después de los 2 años, que es cuando baja al 1,65%.

Vamos que tu hermana se puede aplicar el 3,3%, no te obsesiones que eso no puede ser sano :D

Saludos

#7

Re: Deducción autonómica por adquisición de vivienda

Hola Malagis,

Disculpa que me meta en esta conversación, pero es que se te ve muy puesto ;)

Yo también soy de la comunidad valenciana, y compré mi vivienda habitual el 01/10/07. Mis gastos de hipoteca del año pasado fueron de 6300 de intereses y de 3100 de capital (aproximadamente), que ya he puesto en la desgravación de 9015 EUR.

Pero al final de la renta he visto también que figura la deducción autonómica por adquisición de vivienda con financiación ajena. ¿qué es ésto? ¿me lo puedo aplicar? ¿cómo?

Gracias de antemano

#8

Re: Deducción autonómica por adquisición de vivienda

No soy Malagis, pero al final todos somos Hacienda...

La deducción a la que te refieres, rellenando la casilla 926. Tienes que tener en cuenta los pagos de hipoteca realizados hasta el 30.09.2009. Si tienes menos de 35 años quizás también tengas derecho a la deducción de la casilla 927.

Ambas te vienen bien explicadas en la guía de la renta (páginas 117 y 118 del documento pdf):

http://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Renta/2009/Ficheros/GuiaRenta2009.pdf

Saludos.