Acceder

Casilla 735 IRPF

12 respuestas
Casilla 735 IRPF
Casilla 735 IRPF
Página
1 / 2
#1

Casilla 735 IRPF

Hola, estoy un poco intranquila por la deduccion de los 400€ que salen, por defecto, tanto en el borrador como en el programa PADRE en la casilla 735. Se supone que ya estan calculados en los datos de las retenciones de la empresa, no? entonces, no deberian volver a salir? o cómo va. La verdad es que ya he presentado el borrador, y los 400€ estan en esa casilla, y no se si es correcto o no. Me podeis orientar?
Gracias

#2

Re: Casilla 735 IRPF

Yo creo que están correctísimos. Y te aconsejo que los mires y los remires bien porque casi con toda seguridad no los volverás a ver en próximas declaraciones.
Lo que te hacía la empresa, era retenerte menos cantidad porque tenía en cuenta que con los 400 euros, tendrías que pagar una cantidad menor a Hacienda.
En este año, las retenciones en nómina generalmente han subido porque practicamente la deducción de los 400 euros desaparece.
Saludos.

#3

Re: Casilla 735 IRPF

La explicación de Milhouse es la correcta, además ten en cuenta que la deducción de los 400€ se calcula de manera automática tanto en el borrador como en el PADRE y este año no hay ningún error de ese tipo.

Saludos

#4

Re: Casilla 735 IRPF

Muchisimas gracias por vuestras respuestas. La verdad, me he quedado mas tranquila. Saludos

#5

Re: Casilla 735 IRPF

Hola buenas tardes. Hoy revisando mi borrador he visto que no me aparece la casilla 735 con la deducción de los 400€. El año pasado si me aparecian y este año no he ganado más que el anterior, al contrario un poco menos debido a una baja por accidente. Mi pregunta es la siguiente: ¿debo modificar el borrador o es correcto? Muchas gracias por la ayuda, estoy dudosa con respecto a este tema.

#6

Re: Casilla 735 IRPF

La deducción de hasta 400 euros fue modificada para los ejercicios a partir de 2010, de tal forma que será de hasta 400 euros anuales si la base imponible (BI) es hasta 8.000 euros, y de hasta 400 euros menos el resultado de multiplicar por 0,1 la diferencia entre la base imponible y 8.000 euros cuando la base imponible esté comprendida entre 8.000,01 euros y 12.000 euros anuales.

Aunque hay que seguir teniendo en cuenta el límite del punto 2 del artículo 80 bis de la Ley 35/2006, la deducción sigue siendo la menor de dos cifras: el límite calculado según lo dicho en el párrafo anterior, o el resultado de aplicar el tipo medio de gravamen a la suma de los rendimientos netos reducidos del trabajo y de actividades económicas.

Saludos.

#7

Re: Casilla 735 IRPF

Muchas gracias Rodrigo, conclusión confirmo mi borrador ya que no me corresponde tal deducción ya que mi base imponible supera dicha cantidad. Saludos

#8

Re: Casilla 735 IRPF

Hola a todos,
Os pongo mi caso porque con vuestras explicaciones no acabo de entender muy bien el tema de los 400 Euros (y no es culpa de vuestra claridad sino de mi ignorancia, por supuesto).
Mi mujer ha trabajado desde septiembre del 2010 resultando el importe su casilla 452: 979,37 y de la casilla 465: 49,37.
La pregunta es: deberían aparecer los 400 Euros en la casilla 735? Porque no aparecen. Y en caso de ser correcto, porque?
Muchas gracias de antemano.