Lo que tiene que estar constituido "es la unidad de convivencia" con al menos 6 meses de antelación, tú puedes cambiar de domicilio las veces que te de la gana siempre que lo notifiques a la SS.
Te lo han denegado por la incompetencia de tu trabajadora social y no es la primera ni la segunda vez que lo veo.
No se para que acudis a los trabajadores sociales para estos temas, salvo que ya estuvieras en manos de ellas cosa aún peor, dado que como dice Sonia todo constará en tu expediente y debían haberte hecho el informe solicitado.
Ahora solo te quedan dos opciónes:
Hacer la reclamación previa, como te dijo la Seguridad social, aportando documentación de.los dos domicilios en los que has estado censada y documentación que no tenías nada que ver con la familia e ir pidiendo un abogado de oficio porque no te van a contestar en el plazo de 45 días hábiles (se cuenta del lunes a sábado) e ir a juicio, opción por la que yo me deccantaria para no perder lo ya recorrido o
Volverlo a solicitar empezando de 0.
Alguna documentación debes tener para probar en la reclamación previa ambos extremos. Porque permítete que te diga que "la unidad de convivencia" es decir tu hija y tú, está formada desde el día que la paris te.
Aborrezco a la gente que no sabe hacer su trabajo como.en este caso los trabajadores sociales que encima te dejan con el culo al aire.
Si necesitas consejo sobre cómo hacer la reclamación o documentación a aportar aquí me tienes a tu disposición.
Mi juicio se celebrará en 3 Semanas.