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Pisos vacios

2 respuestas
Pisos vacios
Pisos vacios
#1

Pisos vacios

Estimados señores:

corre el rumor de que si tienes un piso vacio o tu hijo vive en un piso de los padres, Hacienda le cobra a los propietarios un mínimo ya que no se cree que se cobre 0 euros del alquiler...

Alguien me lo puede corroborar o confirmar???.. de donde se saca ese mínimo???... se puede consultar en algún sitio???

Atentamente
Terminator

#2

Re: Pisos vacios

Efectivamente eso es así. Se llama renta imputada, lo puedes calcular con el programa PADRE.

#3

Re: Pisos vacios

Cuando tienes una vivienda que no es vivienda habitual, no está alquilada ni afecta a una actividad económica genera una imputación de renta inmobiliaria, es el 1,1% del valor catastral si está revisado o el 2% si no lo está. En caso de alquiler al cónyuge o un pariente del contribuyente, incluidos los afines, hasta el tercer grado debes declarar como mínimo lo equivalente a la imputación inmobiliaria.

Si quieres una explicación más extensa la encontrarás en el manual de Renta, la imputación de rentas inmobiliarias en la página 284 y el rendimiento mínimo en caso de parentesco en la página 101. Aquí tienes el enlace del manual de Renta 2009:

http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Renta/2009/Ficheros/ManualRenta2009.pdf

Saludos