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Hacienda me pide contratos de alquiler de hace 7 años para comprobar la venta del piso hace 4 , tengo que tenerlos?
Recibo en diciembre 2020 una notificacion, tras vender un piso en 2016 que estuvo alquilado en 2013 y2015. Esto dicen:
"De acuerdo con los datos obrantes en poder de la Administración, el contribuyente transmitió en
el ejercicio 2016 algún inmueble que, en el ejercicio o en ejercicios anteriores estuvo arrendado.
A efectos de determinar el valor de adquisición de los inmuebles transmitidos, ha de aportar
originales y fotocopias de las escrituras de adquisición de los inmuebles transmitidos, contratos de
arrendamientos y acreditar, por cualquier medio de prueba admisible en Derecho, el período en que
los inmuebles han estado arrendados y el importe deducido por amortización desde su adquisición.
Así, me están pidiendo contratos (uno no lo tengo) de hace mas de 4 años.
Como sabeis se puede deducir el 3% del valor de construccion catastral (o de mercado) para hallar el rendimiento neto del alquiler. Así tributas menos por el alquiler, pero la cantidad deducida cuando vendas el piso se restará del valor de adquisicion y tributarás por ella mas del 20% como ganancia patrimonial, por lo que es mal negocio deducir ese gasto.
A los señores de la AEAT no se les ha ocurrido poner una casilla para esta deduccion, sino que va mezclada con otros gastos deducibles (comunidad, ibi..etc). Así , creo yo, la aeat no tiene ni puñetera idea de cuanto has deducido por amortizacion (ese 3%) que puede ser nada o estar calculado sobre el valor catastral o real. Entonces te vienen 7 años despues a pedir contratos. Si estoy confundido decidmelo.
Se agradecen comentarios o ayuda
"De acuerdo con los datos obrantes en poder de la Administración, el contribuyente transmitió en
el ejercicio 2016 algún inmueble que, en el ejercicio o en ejercicios anteriores estuvo arrendado.
A efectos de determinar el valor de adquisición de los inmuebles transmitidos, ha de aportar
originales y fotocopias de las escrituras de adquisición de los inmuebles transmitidos, contratos de
arrendamientos y acreditar, por cualquier medio de prueba admisible en Derecho, el período en que
los inmuebles han estado arrendados y el importe deducido por amortización desde su adquisición.
Así, me están pidiendo contratos (uno no lo tengo) de hace mas de 4 años.
Como sabeis se puede deducir el 3% del valor de construccion catastral (o de mercado) para hallar el rendimiento neto del alquiler. Así tributas menos por el alquiler, pero la cantidad deducida cuando vendas el piso se restará del valor de adquisicion y tributarás por ella mas del 20% como ganancia patrimonial, por lo que es mal negocio deducir ese gasto.
A los señores de la AEAT no se les ha ocurrido poner una casilla para esta deduccion, sino que va mezclada con otros gastos deducibles (comunidad, ibi..etc). Así , creo yo, la aeat no tiene ni puñetera idea de cuanto has deducido por amortizacion (ese 3%) que puede ser nada o estar calculado sobre el valor catastral o real. Entonces te vienen 7 años despues a pedir contratos. Si estoy confundido decidmelo.
Se agradecen comentarios o ayuda