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¿Cómo hacer correción de borrador ya confirmado con devolución mayor?

15 respuestas
¿Cómo hacer correción de borrador ya confirmado con devolución mayor?
¿Cómo hacer correción de borrador ya confirmado con devolución mayor?
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¿Cómo hacer correción de borrador ya confirmado con devolución mayor?

Buenos días:

Confirmé el borrador antes de toda la polémica de que hay que declarar el Plan 2000E. Evidentemente en el borrador no aparecía nada. Ahora para poder regularizar la ayuda de 1000 euros tendría que hacer una complementaria declarando incremento patrimonial de 1000 euros, pasando de una devolución de unos 1600 euros a una devolución de unos 1230 euros. En ésto no tendría problema según el Reglamento del IRPF.

Ahora bien, si además de la ayuda quiero también declarar el decremento patrimonial por el coche achatarrado (ver post del Plan 2000E para aclaraciones de porqué hacer ésto) debería presentar también una complementaria, supongo. En este caso en el computo global de la complementaria tendría una pérdida patrimonial de -411(ayuda de 1000 euros -1411 euros de pérdida por el coche achatarrado). En este caso pasaría de una devolución de unos 1600 euros a una devolución de unos 1750 euros.

Pero he estado mirando el reglamento y parece ser que no se puede hacer una complementaria para que te devuelvan más de lo que te iban a devolver en la declaración original (esa opción no existe en la casilla 120). ¿Qué hago entonces? ¿Pongo incremento=1000 y decremento=1000 para poder presentar la complementaria y que me sigan devolviendo los 1600 euros y luego si preguntan explicar que en realidad el decremento era mayor, osea que no se quejen?¿Me pueden sancionar por eso por no poner el decremento patrimonial completo?¿Y sino, que hago?

Un saludo a todos y muchas gracias por adelantado por la ayuda.

#2

Re: ¿Cómo hacer correción de borrador ya confirmado con devolución mayor?

A ver si esto te puede ayudar...

Declaracion sustitutiva

#3

Re: ¿Cómo hacer correción de borrador ya confirmado con devolución mayor?

Modificación del borrador de declaración

El contribuyente podrá instar la modificación del borrador de declaración del IRPF recibido cuando considere que han de añadirse datos personales o económicos no incluidos en el mismo o advierta que contiene datos erróneos o inexactos.
La solicitud de modificación del borrador de declaración podrá realizarse en el plazo comprendido entre los días 5 de abril y 30 de junio de 2010, por alguna de las vías que a continuación se comentan.
La solicitud de modificación del borrador de declaración determinará la elaboración por la Agencia Tributaria de un nuevo borrador de declaración con su correspondiente modelo 100 de confirmación del borrador, documento de ingreso o devolución.

Vías de solicitud de modificación del borrador de declaración:

a) Mediante personación en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria, previa cita, si lo desea, concertada por Internet o llamando al número 901 12 12 24 (24 horas) o al 901 22 33 44 a partir del 16 de abril y hasta el 29 de junio. También podrá solicitarse la modificación del borrador de declaración a través de esta vía en las oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía que hayan suscrito con la Agencia Tributaria un Convenio de Colaboración para la implantación de sistemas de ventanilla única tributaria, en los términos previstos en dicho convenio,
El contribuyente para acreditar su identidad, deberá aportar, entre otros datos, su Número de Identificación Fiscal (NIF), el NIF del cónyuge en los supuestos de declaración conjunta formulada por ambos cónyuges, así como el número de referencia del borrador de declaración recibido.

b) Por medios telefónicos, mediante llamada al número 901 20 03 45, comunicando el contribuyente su Número de Identificación Fiscal (NIF), el NIF del cónyuge en los supuestos de declaración conjunta formulada por ambos cónyuges, así como el número de referencia del borrador de declaración recibido.

c) A través de Internet, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en la dirección "http://www.agenciatributaria.gob.es", mediante utilización del sistema de firma electrónica, bien el incorporado al DNI electrónico o bien el basado en el correspondiente certificado electrónico, o bien haciendo constar el contribuyente su Número de Identificación Fiscal (NIF), el NIF del cónyuge en los supuestos de declaración conjunta formulada por ambos cónyuges, así como el número de referencia del borrador de declaración. En este último caso, la Agencia Estatal de Administración Tributaria adoptará el correspondiente protocolo de seguridad que permita garantizar la identidad de los contribuyentes que efectúan la solicitud de modificación del borrador de declaración.

- Importante: el contribuyente podrá modificar directamente la asignación tributaria a la Iglesia Católica y/o la asignación de cantidades a fines sociales, así como los datos del identificador único de la cuenta a la que deba realizarse, en su caso, la devolución, (Código Cuenta Cliente), que a tal efecto figura en el modelo 100 de confirmación del borrador de declaración, documento de ingreso o devolución, sin necesidad de instar la modificación del borrador recibido en los términos anteriormente comentados.

#4

Re: ¿Cómo hacer correción de borrador ya confirmado con devolución mayor?

Gracias Sjp por tu rápida respuesta:

Estoy en un caso parecido al de Alentorn.

El borrador lo modifiqué vía telemática para incluir la deducción por vivienda habitual que no venía puesta. Rehicieron inmediatamente un nuevo borrador, que fue el que confirmé.
Una vez confirmado, ya no te deja modificar nada de nada.

Pero ahora tengo que incluir el "Plan 2000E+pérdida por achatarramiento" una vez que ya está presentada la declaración vía confirmación de borrador modificado.

A ver si alguién nos guía de como hacer esa declaración complementaria, o sustitutiva, o como se llame, para que devuelvan más que en la original.

Un saludo y muchas gracias.

#5

Re: ¿Cómo hacer correción de borrador ya confirmado con devolución mayor?

Lo que tienes que hacer es, utilizando el programa PADRE marcar la aspita que indica que es una rectificativa (sale en las primeras casillas, página 2 o 3 de la declaración) y vuelves a hacer toda la declaración como si la hicieras por primera vez.

Un consejo: te recomiendo que entregues la rectificativa en persona en el registro de la AEAT y que incluyas una carta explicativa del porqué de tu declaración modificada y que solicitas que te anulen la declaración anterior y te acepten la nueva.
Mano de santo oiga.

#6

Re: ¿Cómo hacer correción de borrador ya confirmado con devolución mayor?

Muchas gracias por el consejo, que creo que lo seguiré:

¿Algún sitio donde pueda encontrar un modelo de ese tipo decarta?

Saludos!

#7

Re: ¿Cómo hacer correción de borrador ya confirmado con devolución mayor?

Tengo que buscarlo en casa pero en esencia es una instancia.

- Datos del "sujeto pasivo"
- A quien vá dirigido (esto te lo tengo que mirar, exactamente no me acuerdo)
- Expone:
- Solicita:
- Fecha y firma

En la exposición explicas tu caso aportando los datos oportunos (número de declaración a anular, etc..) sin enrrollarte y siempre pensando en facilitar la vida al que te la va a leer y/o gestionar. De tal modo que alguien que no conozca tu caso sepa con que está tratando.

#8

Re: ¿Cómo hacer correción de borrador ya confirmado con devolución mayor?

Ya, ya veo por donde van los tiros, pero si sería de utilidad el ver a quién dirigirlo y eso, osea que te lo agradecería enormemente.

Ya imaginaba que cuanto más escueta la exposición mejor (nada de ponerles verdes porque no aparezca en el borrador, porque no informaran en su día de que tributaría, o porque no nos haya llegado ninguna carta informándonos de que se nos ha concedido tal subvención y le recordamos que tributa, jeje)

Un saludo.