Dependerá de quien haya ordenado el embargo: ayuntamiento, hacienda, juzgado, etc. El embargo es una retención, así que primero te retienen toda la cantidad de cada mes y luego le pagan al que ordenó el embargo. Si ese embargo se ordenó por la cantidad exacta, los 34 euros que te quedan podrás reducirlos el renta del ejercicio en el que te los trabaron. Si ordenaron el embargo de modo que se retenga el pago por si hay intereses y costas, el embargo permanece hasta que la entidad que lo ejecutó lo levante.