Lamentablemente es así. Primero se embarga, lo que no quiere decir que se cobre la deuda de manera .inmediata. Luego, transcurridos los plazos legales, el acreedor realiza los cálculos y líquida la deuda con intereses y costas, incluída la posible sanción, si es que la hay y está impagada. El tiempo de espera puede ser deserperante.
Posteriormente y cuando comunique al pagador que la deuda ha sido saldada, se levanta el embargo.
A veces ocurre que el embargo es muy superior a la cantidad adeudada dado que la AEAT deja de pagar hasta la liquidación. En ocasiones los embargos son recurrentes, es decir, embargan varias cuentas bancarias, las devoluciones y la nómina simultáneamente. Es irregular, pero ocurre. Y si son varias administraciones, la cosa se pone muy fea.
Los empleados públicos, generalmente, son inmunes a cualquier petición de ayuda de un deudor y suelen mirarnos con una expresión que, traducida, significa "hubieras pagado, no me vengas ahora a contar tu vida". El trato a los que vamos a pedir papas por una deuda, ha sido siempre, al menos en mi caso, de un desprecio indignante.