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Suministro inmediato de información y 303 - Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

1 respuesta
Suministro inmediato de información y 303 - Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Suministro inmediato de información y 303 - Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
#1

Suministro inmediato de información y 303 - Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Buenos días. Si tengo facturas recibidas en marzo, las registro en el programa contable con fecha 31 de marzo pero las declaro al SII en abril, puedo deducirme el IVA en 303 de marzo?¿

Muchas gracias, un saludo.
#2

Re: Suministro inmediato de información y 303 - Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Hola Taxer!

Las facturas de IVA se pueden desgravar en cualquier ejercicio y periodo siempre que, no se haya sobrepasado el plazo límite cuatro años para la compensación de facturas atrasadas tomando como punto de partida la fecha de la emisión de la factura. 

Sin embargo no podrá desgravarse una factura que todavía no había sido presentada.

Un saludo y Feliz Campaña de la Renta!.