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Duda fiscal sobre inversión realizada con dinero proveniente de una indemnización por accidente de tráfico.
Hola, me he registrado aquí para ver si alguien me podría solventar esta duda o si saben a quién podría acudir para solventarla.
Un familiar recibió una indemnización por accidente de tráfico hace ya bastantes años, ese dinero lo tuvo metido en un depósito bancario o algo así durante un tiempo hasta que dejó de serle rentable, y me comenta que por esa rentabilidad no pagaba nada a hacienda cuando hacía la declaración porque supuestamente no tuvo que pagar absolutamente nada por la indemnización y por las inversiones realizadas con ese dinero tampoco tendría que pagar nada.
El caso es que después invirtió algo en cryptomonedas porque yo le aconsejé hacerlo, y le he dicho que si tiene algún beneficio, que asumo que así es, que mire de cómo declararlo y de cuánto tendría que pagar, pero me dice que piensa que es lo mismo que con lo del depósito bancario en su día, que al ser una inversión realizada con el dinero de su indemnización no tendría que pagar nada.
¿Podría alguien aclararme si esto es realmente así? Es que me extraña bastante que por ser un dinero proveniente de una indemnización no haya que pagar absolutamente nada, que uno tuviese la suerte de, no sé, ganar un millón de euros invirtiendo en lo que sea, y que hacienda no le pueda reclamar ni un euro. Igual que le cobrasen menos me podría cuadrar, ¿pero nada?
Un familiar recibió una indemnización por accidente de tráfico hace ya bastantes años, ese dinero lo tuvo metido en un depósito bancario o algo así durante un tiempo hasta que dejó de serle rentable, y me comenta que por esa rentabilidad no pagaba nada a hacienda cuando hacía la declaración porque supuestamente no tuvo que pagar absolutamente nada por la indemnización y por las inversiones realizadas con ese dinero tampoco tendría que pagar nada.
El caso es que después invirtió algo en cryptomonedas porque yo le aconsejé hacerlo, y le he dicho que si tiene algún beneficio, que asumo que así es, que mire de cómo declararlo y de cuánto tendría que pagar, pero me dice que piensa que es lo mismo que con lo del depósito bancario en su día, que al ser una inversión realizada con el dinero de su indemnización no tendría que pagar nada.
¿Podría alguien aclararme si esto es realmente así? Es que me extraña bastante que por ser un dinero proveniente de una indemnización no haya que pagar absolutamente nada, que uno tuviese la suerte de, no sé, ganar un millón de euros invirtiendo en lo que sea, y que hacienda no le pueda reclamar ni un euro. Igual que le cobrasen menos me podría cuadrar, ¿pero nada?