Acceder

IRPF- Traductor exporadico

3 respuestas
IRPF- Traductor exporadico
IRPF- Traductor exporadico
#1

IRPF- Traductor exporadico

Un catedratico de Universidad, traducen exporadicamente para una editorial uno o dos libros al año, siendo su medio de vida fundamental su salario como catedrático., siendo por tanto la traducción una actividad marginal por el importe de la misma sobre sus emolumentos totales.
¿siendo las traduciones que haga de carácter aislado y de un importe no muy elevado, y, estando las traducionmes exentas de IVA, ¿tendria que darse de alta en hacienda, ya que dichas traduciones son exporadicas y no habituales?.
Graxcias y buen dia
#2

Re: IRPF- Traductor exporadico

Alguien me puede ayudar en este asunto de realizar trabajos esporadicos?
gracias
#3

Re: IRPF- Traductor exporadico

La clave del asunto, más que la habitualidad u ocasionalidad de la tarea, está en si se trata de un tipo de obra que genera "derechos de propiedad intelectual", y además, se cede los derechos de explotación a terceros.
En tal caso, salvo que estuviesemos en ciertos supuestos específicos, estos ingresos hay que calificarlos como rentas del trabajo.

¿Y cuando estariamos en esos supuestos específicos? Cuando alguien YA ES AUTÓNOMO, desarrollando una determinada actividad económica, y escribe o participa en la elaboración de una obra que verse sobre algo relacionado con su actividad. Entonces este tipo de rentas queda asimilada a la actividad principal (actividad económica). Por ejemplo un arquitecto con despacho propio y libre ejercicio de su profesión liberal, que participa en la redacción de un libro de urbanismo.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: IRPF- Traductor exporadico

Muchas gracias Cachilipox, pero esta persona solo traduce el libro para la editorial que se lo encarga.
saludos