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Fiscalidad de 2 actividades distintas en 1 empresa

2 respuestas
Fiscalidad de 2 actividades distintas en 1 empresa
Fiscalidad de 2 actividades distintas en 1 empresa
#1

Fiscalidad de 2 actividades distintas en 1 empresa


Tengo 2 SL con actividades totalmente distintas en cada empresa.  La empresa 1 tiene importantes pérdidas acumuladas (que me obligaron a meter dinero en la empresa para pagar los gastos), mientras que la empresa 2 tiene beneficios anuales, de los que pago IRPF sobre mi nomina, y tambien impuestos de  sociedades sobre el beneficio restante, y tambien IRPF de nuevo sobre los dividendos recibidos, si hay.
Puedo cambiar fácilmente el modelo de negocio de la empresa 2 para que el modelo cambiado se vea diferente del modelo original. Si ahora empiezo a operar este nuevo modelo en la empresa 1 (que tiene pérdidas importantes), entonces tengo las 2 actividades diferentes (con pérdidas y beneficios) en la empresa 1 : la actividad original de la empresa 1 (ejemplo : venta de zapatos con pérdidas) y la actividad transformada con beneficios de la antigua empresa 2 (ejemplo : programación de servidores y tecnología con ganancias), resultando que mis pérdidas anteriores son absorbidas por mi nueva actividad (con beneficios) en una sola empresa. 
Mi pregunta :
¿Puedo deducir de los beneficios de la actividad "Programación y tecnología" las pérdidas de la actividad "Venta de zapatos", ya que ambas actividades están ahora en una única empresa?

Hacienda accepta que en una empresa hay 2 actividades totalmente diferentes y que las ganancias de una actividad diminuan por las perdidas de la otra actividad, lo que resulta IS sobr la differencia de la perdida y ganacia de las 2 actividades ?

Gracias !
#2

Re: Fiscalidad de 2 actividades distintas en 1 empresa

Buenos días,

No vas a poder aprovechar esas BINS. El Art. 26.4.a) de la LIS limita la compensación de BINS para supuestos como el que planteas.

Saludos,


#3

Re: Fiscalidad de 2 actividades distintas en 1 empresa

Hola Sergio,

Gracias para responder. 

Despues de tomar nota de art.26.4 entiendo las reglas cuando hay nueva actividades diferentes por razones de una entidad adquirida.

Pero en mi ejemplo no hay la idea de incorporar la sociedad 2 (ganancias) en la sociedad 1 (perdidas), solo que en la sociedad 1 (perdidas) lanzamos una nueva actividad (sin incorporar sociedad 2) a lado de la actividad actual de la sociedad 1.

Situacion antigua : sociedad 1 vende zapatos y hay perdidas del pasado.
Situacion nueva : sociedad 1 sigue vendiendo zapatos (con perdidas del pasado), pero tambien se lanza en "programacion y technologia" (con ganacias immediatas)

Entiendo que si sociedad 1 compra sociedad 2, no se puede compensar perdidas antiguas de una actividad (que sigue ahora con poco ganancias) con las ganacias de una nueva actividad via una sociedad que compramos, pero so la sociedad 1 lanza una nueva fuente de ganancias (sin comprar la sociedad 2), las reglas del art26.4 son iguales ?

No hay otra manera de hacerlo ?