#16
Re: Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social
Os cuento mi caso:
Estaba desempleado desde 2010.
Hace unos 3 años, el simulador de jubilación de la seguridad social, me hacia los calculos con los últimos 25 años.
En abril de 2022, el mismo simulador, me hacía los cálculos con los últimos 15 años. No había cambiado nada y seguía desempleado y cobrando subsidio para mayores de 55 años.
En mayo de 2022 realicé una consulta, vía web, a la seguridad social, preguntando si para mi próxima jubilación anticipada involuntaria, se me aplicaría la ley antigua o la nueva, en cuanto al cálculo de la base reguladora. La respuesta fue, básicamente, que se me aplicaría la ley más ventajosa.
Estaba desempleado desde 2010.
Hace unos 3 años, el simulador de jubilación de la seguridad social, me hacia los calculos con los últimos 25 años.
En abril de 2022, el mismo simulador, me hacía los cálculos con los últimos 15 años. No había cambiado nada y seguía desempleado y cobrando subsidio para mayores de 55 años.
En mayo de 2022 realicé una consulta, vía web, a la seguridad social, preguntando si para mi próxima jubilación anticipada involuntaria, se me aplicaría la ley antigua o la nueva, en cuanto al cálculo de la base reguladora. La respuesta fue, básicamente, que se me aplicaría la ley más ventajosa.
En base a la respuesta del INSS, decidí solicitar presencialmente la jubilación anticipada en julio 2022 y obtuve la resolución favorable. Dicha resolución fue realizada automáticamente por el sistema sin intervención humana según me dijeron en la seguridad social, aplicándome la ley antigua, que realiza los cálculos con los últimos 15 años, en lugar de aplicarme la ley actual, que tiene en cuenta los últimos 25 años y es más ventajosa para mí.
El 1 de septiembre de 2022, presenté reclamación previa en la oficina de la Seguridad Social, de la cual no he obtenido respuesta a día de hoy, ni aprobándola ni rechazándola.
No sé para que sirve la reclamación previa, si no se dignan ni a contestar.
No sé para que sirve la reclamación previa, si no se dignan ni a contestar.