Es una medida "palo-zanahoria".
Todas las jubilaciones activas tienen derecho a mantener la jubilación al 50 %, y si el titular es persona física y mantiene contrato de trabajo, el 100 %.
¿Y porqué?
Sencillo.
La zanahoria es ese mayor derecho a pensión.
El palo es que de esta manera, pierdes el derecho a extinguir los contratos de trabajo "por jubilación", y su correspondiente indemnización mínima de solo 1 mes de salario.
Si te acoges a jubilación activa, cualquier despido que se produzca es ya un despido ordinario (disciplinario, objetivo de 20 días/año de indemnización, improcedente 33 días/año de indemnización).
Solo "por fallecimiento", los herederos recuperan la posibilidad de extinción del contrato de trabajo de 1 mes de indemnización.
Obviamente en una SL (por muy unipersonal que sea), no se acepta que exista eso de la extinción del contrato del trabajador "por jubilación", pues la persona jurídica SL no se jubila.
Así que para los societarios, que ya no tenían derecho a extinguir contratos "por jubilación", no hacía falta ofrecerles ningún tipo de zanahoria.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!