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Fiscalidad del rollover de futuros

1 respuesta
Fiscalidad del rollover de futuros
Fiscalidad del rollover de futuros
#1

Fiscalidad del rollover de futuros

Hola,

tengo entendido que al hacer una operación que ha dejado una pérdida, fiscalmente "No se computarán como pérdidas patrimoniales ... Las derivadas de las transmisiones de valores o participaciones admitidos a negociación ... cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dichas transmisiones"

Preguntas:

1.- ¿el rollover de futuros se considera un "valor homogéneo"?
2.- ¿esto aplica sólo a las pérdidas? es decir ¿si hay beneficios al hacer el rollover hay que tributar sí o sí?

gracias a quien me pueda iluminar

saludos a todos
#2

Re: Fiscalidad del rollover de futuros

En cuanto a la primera pregunta, el concepto de "valores homogéneos" se refiere a aquellos valores que sean sustancialmente idénticos a los que han sido objeto de la transmisión con pérdida, y que permitan obtener una posición de inversión similar. En el caso del rollover de futuros, si se trata de futuros que tengan características similares a los que han generado la pérdida patrimonial, podría considerarse como valores homogéneos.

En cuanto a la segunda pregunta, la regla que mencionas se aplica únicamente en el caso de pérdidas patrimoniales. Si se obtienen beneficios al hacer el rollover, estos deberán tributarse en el IRPF en la correspondiente base imponible del ahorro, a menos que se aplique alguna de las deducciones o reducciones previstas en la normativa. 
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