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#1

- Hacienda

Buenas tardes.
Al estar confeccionando la declaración de IRPF, me doy cuenta de que el valor catastral de la vivienda donde actualmente vivo, es muy alto. El padrón y domicilio fiscal lo tengo en una segunda vivienda que uso de forma temporal.
Ahora podría cambiar el padrón y así, en la declaración del año que viene, poder deducir por la que habito regularmente. En este caso puedo justificarlo con recibos de consumos, comunidad, actividades académicas realizadas etc, de todo el año 2023.
El problema está en que Hacienda estime que no ha sido ocupada durante todo el año, por conceder más valor a no estar empadronado que al uso eficaz. alguna idea?
Un saludo y gracias
#2

Re: - Hacienda

Estas a tiempo de hacer las dos cosas, empadronarte y cambiar el domicilio fiscal. 
No entiendo que pretendes desgravarte , la única diferencia es la renta imputada de la segunda vivienda. 
#3

Re: - Hacienda

Gracias, Rucko
Es que tengo entendido que la desgravación de vivienda habitual es por año cumplido y si quiero que surta efectos en IRPF del año 2023, tengo que justificar que la he habitado durante todo el año 2022.
Como lo justifico?, empadronándome ahora y convenciendo a A. Tributaria de que la he estado ocupando desde enero, aportando recibos de consumos (como así ha sido).
¿Cuál sigue siendo mi duda?, que A. Tributaria distingue entre titularidad de la vivienda y ocupación real y me requiera otra justificación conforme he estado desde enero.
Se me ocurre alegar que desde enero a fecha actual, no ha sido posible la ocupación total por razones de obras, rehabilitación, dotación interior etc, de ahí mi pregunta al foro. Saludos
#4

Re: - Hacienda

Que te quieres desgravar? Cuando compraste la vivienda?
#5

Re: - Hacienda

la deducción por vivienda habitual en IRPF
#6

Re: - Hacienda

No se que es eso. 
#7

Re: - Hacienda

perdón, la renta imputada por los inmuebles urbanos. En mi caso, al tener dos viviendas, me beneficia más que se me impute la de mayor valor catastral y a partir de ahí entra mi relato en los post anteriores



#8

Re: - Hacienda

Hola, no entiendo muy bien lnaduda, tu pagas por la segunda/s viviendas el 2% mensual de su valor. 
Puedes cambiarte de padron porque estas a tiempo de permanecer mas de 6 meses en el año fiscal.
Te beneficia estar empadronado en la que tenga el mayor valor catastral.
Saludos
#9

Re: - Hacienda

No hace falta ni 6, ni 3, ni 1. La imputación de rentas se realiza por días, si te mudas a tu nuevo domicilio el 30 de noviembre tendrás 334 días en una vivienda y 31 en otra. Ya lo expresé mensajes atrás,  cosas de enfermos mentales. Como decía el torero: ¡hay gente pa to! 
#10

Re: - Hacienda

Expreso????? Enfermos mentales???? Nacinales ????? Education
#11

Re: - Hacienda

Gracias a todos.
Mi pregunta se refería a que si quiero desgravar por la vivienda de mayor valor catastral, todo el año 2023, (en la que efectivamente he habitado) tendría que empadronarme en esta, pero Hacienda sólo me permitiría la mitad del año (de junio a diciembre 2023), pero si aporto recibos de consumos como demostración de que la he estado ocupando todo el año, a pesar de no haber estado empadronado, Hacienda lo admitiría o solo se fijaría en la fecha del padrón?
#12

Re: - Hacienda

A los efectos que pretendes, el padrón no constituye prueba por sí mismo para Hacienda. Es sabido que muchas personas no actualizan su empadronamiento cuando cambian su domicilio habitual. Unos por ignorancia, otros por desidia y no pocos mantienen deliberadamente en el padrón un domicilio que no es su domicilio habitual ( lo que se denomina falso empadronamiento), para obtener unos beneficios que de otra forma no alcanzarían.
#14

Re: - Hacienda

Gracias, Cha cu ru y Marianin, ese es el asunto!, que tenía dudas sobre si Hacienda consideraba como prueba el Padrón como prueba de habitabilidad efectiva y opinas que no. Ahora me queda por saber si, además del padrón, con los recibos de consumos, asentamiento, tiempos de traslado de muebles etc, podría servirme, así que un día de estos me pasaré por el Ayuntamiento a empadronarme y..ya veremos sin en la declaración de IRPF del 2023, cuela.
Saludos y gracias!