En tu caso, sería una plusvalía. La venta de 200 acc. a 15 € correspondería a las compradas a 13 €.
Pero no por ser la últimas (justamente el método fiscal es el FIFO, no el LIFO), ni por ser cuentas de valores diferentes, sino meramente por no coincidir titularidad.
Al tener propiedades diferenciadas, unas en cotitularidad, y otras individualmente, no se refunden en un patrimonio único.
Cuando coinciden sujeto y objeto, misma titularidad y misma acción, con total inependencia de cual sea la cuenta de valores o la entidad intermediaria, todas las compras se refunden en un pool único, y se usa el método FIFO para calcular ganancias o pérdidas, así como las normas de recompras y antiaplicación.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!