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Venta de Piso

9 respuestas
Venta de Piso
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#1

Venta de Piso

Hola.
en el año 1992 compre un piso por 71900 euros y lo voy a vender en el 2010 por 192000 euros, me podeis ayudar como se hace para saber lo que me puedo deducir, asimismo preguntar que la escritura se va hacer por la cantidad anteriormente citada (192000 euros) pero de esa cantidad la inmobiliaria se lleva una comision de 6000 euros puedo deducirme dicha cantidad.
y por ultimo al pagar al ayuntamiento la plusvalia (que tengo entendido que se ha de realizar en un plazo de 30 dias)al ser el piso al 50% mio y al 50% de mi exmujer, el pago lo tenemos que hacer individual o en conjunto
gracias

#2

Re: Venta de Piso

Hay una ganancia patrimonial por diferencia entre el valor de venta (al que tienes que restar los gastos inherentes a la venta, como esa comisión y esa plusvalía) menos el valor de compra actualizado por coeficiente.

1º Actualizamos el precio de compra, en 2010 el coeficiente para inmuebles adquiridos antes del 31.12.1994 es 1,2780, luego el valor de adquisición actualizado es 71.900 x 1,2780 = 91.888,20 euros.

2º Este punto te le dejo a ti, restas a los 192.000 euros la comisión, 6.000 euros y la "plusvalía municipal". Y a lo que te dé lo restas los 91.888,20 euros anteriores. El resultado es la ganancia "G".

3º Al ser un bien adquirido antes del 31.12.1994 a esa "G" la aplicamos unos coeficientes de abatimiento, pero sólo a la "G" hasta el 19.01.2006. Este punto te toca también a ti. Cuenta el número de días desde el de compra hasta el 19.01.2006 (llamo a este número de días "A") y cuenta el número de días desde el de compra hasta el de venta ("B"). Haz esta operación: A x G / B y a lo que te dé lo multiplicas por 0,3333 (el coeficiente de abatimiento es del 33,33% al haber pasado dos años y pico desde la compra hasta el 31.12.1994) El resultado final, "g", es la ganancia no sujeta, por tanto debes restarlo de la ganancia total: G - g y el resultado es la ganancia sujeta que tributa en la base del ahorro, el 19% los primeros 6.000 euros y el 21% el exceso.

Si ha sido vuestra vivienda habitual, esa ganancia puede quedarte exenta si reinviertes el neto de la venta (importe de venta menos hipoteca de adquisición pendiente de amortizar) en la adquisición de una nueva vivienda habitual, en el plazo de dos años desde el día de la venta.

Saludos.

#3

Re: Venta de Piso

Gracias por la informacion , Mas claro no se puede explicar, aunque me quedaria por saber si elpago de la plusvalia municipal , lo podriamos hacer al 50 % , imaginemos que mi exmujer no quiere pagar su 50% que la corresponde, ¿ que pasaria ,podria yo pagar mi parte?.
Un saludo

#4

Re: Venta de Piso

Os corresponde al 50%. En mi opinión deben exigir a cada uno lo suyo.

Saludos.

#5

Re: Venta de Piso

Muchas Gracias.

#6

Re: Venta de Piso

Hola a todos:
El próximo 15 de diciembre firmo la escritura de la venta de mi ático.....y el vendedor(Finlandés) quiere darme x dinero en B, y escriturar así por menos del valor de venta, para sí pagar menos a Hacienda ,Registro, notario etcetctect....pero el problema que tengo con ese dinero en b es que no se qué voy a hacer con él.No puedo meterlo en mi cuenta del Banco por Hacienda , pero lo necesito para dar parte como señal de la compra de mi nueva vivienda habitual......como no contaba con verderlo tan rápido, me veo ,que pierdo la desgravación del préstamo pues no me va a dar tiempo a encontra algo antes del 30 de diciembre.......si no me decido por una vivienda de segunda mano que la mayoría están para reformar y no para entrar a vivir(Además tengo un 37% de minusvalía, lapena es que àgaría sólo un 4% de ITP) y si me decido por comprar una parcela y construir¿Puedo pedir un préstamo al Banco por el terreno? ahora en diciembre, y luego en enero de 2011 ampliarlo para la construcción de la casa? , Uf! creo que he hecho muchas preguntas .
Resumiendo:¿Dinero B? y Compra del terreno antes del 30 de diembre y luego en 2011 ampliar préstamo?????
Muchas gracias de antemano

#7

Re: Venta de Piso

¿Dinero B? NO, sin posiblidad de comentario en contra. Es más, sobre el importe de la venta, como comprador, estás obligado a retener un 3%, al tratarse el vendedor de un no residente, salvo que te justifique con certificado emitido por Hacienda que es contribuyente del IRPF o del impuesto de sociedades. Ese importe retenido deberás declararlo con un modelo 211 e ingresarlo en una entidad colaboradora.

Para mantener el régimen actual de deducción, debes entregar alguna cantidad para la construcción de tu vivienda antes de final de año.

Saludos.

#8

Re: Venta de Piso

Al.rodrigo, no me queda muy claro si el Finlandés, es comprador o vendedor, si fuere comprador que es lo que yo entiendo, ¿tendría que presentar el modelo S-1, acreditando el dinero de cuenta de no residente?.

Darte la enhorabuena de primera mano, por tus respuestas y aclararnos a todos las dudas con tu sapiencia.

Un afectuoso saludo, Ricardo.