Hay una ganancia patrimonial por diferencia entre el valor de venta (al que tienes que restar los gastos inherentes a la venta, como esa comisión y esa plusvalía) menos el valor de compra actualizado por coeficiente.
1º Actualizamos el precio de compra, en 2010 el coeficiente para inmuebles adquiridos antes del 31.12.1994 es 1,2780, luego el valor de adquisición actualizado es 71.900 x 1,2780 = 91.888,20 euros.
2º Este punto te le dejo a ti, restas a los 192.000 euros la comisión, 6.000 euros y la "plusvalía municipal". Y a lo que te dé lo restas los 91.888,20 euros anteriores. El resultado es la ganancia "G".
3º Al ser un bien adquirido antes del 31.12.1994 a esa "G" la aplicamos unos coeficientes de abatimiento, pero sólo a la "G" hasta el 19.01.2006. Este punto te toca también a ti. Cuenta el número de días desde el de compra hasta el 19.01.2006 (llamo a este número de días "A") y cuenta el número de días desde el de compra hasta el de venta ("B"). Haz esta operación: A x G / B y a lo que te dé lo multiplicas por 0,3333 (el coeficiente de abatimiento es del 33,33% al haber pasado dos años y pico desde la compra hasta el 31.12.1994) El resultado final, "g", es la ganancia no sujeta, por tanto debes restarlo de la ganancia total: G - g y el resultado es la ganancia sujeta que tributa en la base del ahorro, el 19% los primeros 6.000 euros y el 21% el exceso.
Si ha sido vuestra vivienda habitual, esa ganancia puede quedarte exenta si reinviertes el neto de la venta (importe de venta menos hipoteca de adquisición pendiente de amortizar) en la adquisición de una nueva vivienda habitual, en el plazo de dos años desde el día de la venta.
Saludos.