Acceder

Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

4,98K respuestas
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Página
350 / 350
#5236

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Pues parece que no somos los unicos que "no cobramos" lo que nos deben 
segun EXPANSION:
 

Madrid: el Estado debe a la región 10.500 millones por servicios públicos "que no paga"

 
#5237

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Espero que podais dar respuesta a las cuestiones que se plantean con los siguientes antecedentes:

-Contribuyente fallecido sin testamento antes del inicio de la campaña de la renta.

-Se presenta su declaración pues ya disponía de número de referencia.

-En septiembre presentan autoliquidaciones del Impuesto sobre Sucesiones cada uno de los sujetos pasivos del impuesto.

-Se hace constar que el causante tiene derechos de crédito a su favor ante Hacienda aú  no firmes porque aún no habían tramitado su declaración. Se indica un importe estimado, pero no se incluye para el cálculo de la masa hereditaria.

-A principios de octubre presentan autoliquidaciones complementarias para corregir unas referencias catastrales y sus valores, y el recálculo correspondiente.

-Ayer u hoy han tramitado su declaración estimándose conforme, y ahora les figura que la devolución está retenida ya que el titular consta como fallecido.

- El importe es superior a 2000 euros.
- Las han presentado en modelo físico 650 en oficina liquidadora.

¿Deben presentar cada sujeto pasivo una nueva autoliquidación complementaria que solo incluya el importe de la devolución ya firme con la cuota que les corresponda? o ¿deben hacerlas ncluyendo todo lo anterior más este importe de la devolución? 
Yo entiendo que para cada derecho de crédito que pase a ser firme si el importe es superior a 2000 euros deben presentar nuevas autoliquidaciones complementarias por cada resolución firme, ya que es una exigencia que se señala en el modelo H 100; pero no estoy muy familiarizado con estos temas.

Sugerencias, correcciones, ...
Gracias 
#5238

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo igual ,en Septiembre cada semana un año  19-20-21 se paró y me falta 2022
#5239

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Conclusión mía ante el parón en seco de las devoluciones de mutualistas, hasta que no se engrase la maquinaria el próximo 5 de noviembre con la entrada masiva de dinero procedente del segundo plazo de la renta, no volverá a andar la máquina de las devoluciones, veremos hasta cuando da de si dicho engrase.