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Sanción falta de declaración IRPF autonómo con más del 70 % de facturas con retenciones
Soy autonómo desde Junio de 2022. Durante todo el 2022 facture muy poco, y ninguna de mis facturas fue emitida (por desconocimiento mio) con la retención del IRPF. Tras corregir ese error en 2023, emití mis facturas a empresas y profesionals con la retención a tipo reducido del 7%. Realicé las declaraciones del IVA e IRPF el 1T y 2T, y el llegado la declaración del 3T descubrí que los autonomos que emiten más del 70 % de facturas con retenciones del IRPF están extendos de realizar las declaraciones trimestrales y pagos fraccionados, lo cual es mi caso (todas mis facturas son a empresas y con el IRPF del 7%).
El pasado 23 de Enero de 2023 recibí una noticiación de REQUERIMIENTO de la AEAT que no constaba la presentación de la declaración del 3T y debía proceder a regularizar mi situación tributaria. Ante la duda procedí a realizar dicha declaración y el pago correspondiente, así como la del 4T, por prevenir y evitar problemas.
Ahora acabo de recibir una nueva notificación "INICIACIÓN Y COMUNICACIÓN DEL TRÁMITE DE AUDIENCIA DE EXPEDIENTE SANCIONADOR" en el que indican que he cometido una infracción tributaria leve "Dejar de ingresar, dentro del plazo establecido en la normativa del tributo, la deuda tributaria, según se ha puesto de manifiesto en la presentación fuera de plazo, previo requerimiento de la Administración" y continuan indicando mi falta "En el presente caso no se ha puesto la diligencia necesaria en el cumplimiento de las obligaciones tributarias". Supone una sanción del 50% de la cantidad pagada en IRPF!!!!!
Tengo posibilidades de poder reclamar y manifestar disconformidad alegando el 70% de mis facturas tienen ya la retención del IRPF?
El pasado 23 de Enero de 2023 recibí una noticiación de REQUERIMIENTO de la AEAT que no constaba la presentación de la declaración del 3T y debía proceder a regularizar mi situación tributaria. Ante la duda procedí a realizar dicha declaración y el pago correspondiente, así como la del 4T, por prevenir y evitar problemas.
Ahora acabo de recibir una nueva notificación "INICIACIÓN Y COMUNICACIÓN DEL TRÁMITE DE AUDIENCIA DE EXPEDIENTE SANCIONADOR" en el que indican que he cometido una infracción tributaria leve "Dejar de ingresar, dentro del plazo establecido en la normativa del tributo, la deuda tributaria, según se ha puesto de manifiesto en la presentación fuera de plazo, previo requerimiento de la Administración" y continuan indicando mi falta "En el presente caso no se ha puesto la diligencia necesaria en el cumplimiento de las obligaciones tributarias". Supone una sanción del 50% de la cantidad pagada en IRPF!!!!!
Tengo posibilidades de poder reclamar y manifestar disconformidad alegando el 70% de mis facturas tienen ya la retención del IRPF?