La legislación antigua no creo que te sea de aplicación, pues con posterioridad a 2011, has vuelto a quedar incluida en la seguridad social, aunque sea vía convenio especial.
No se si hay algún criterio interpretativo peculiar. Pero normativa en mano, tienes cotizaciones posteriores a 2011, y entonces te es de aplicación la legislación actual.
Dices que naciste en 1958 (o sea, este año 2024 cumples o has cumplido 66 años).
Este año 2024 se exige, si tienes menos de 38,5 años cotizados (es tu caso) tener una edad cumplida de 66 años y 6 meses para poderse jubilar de forma ordinaria.
El año que viene se exigirá 66 años y 8 meses cumplidos.
Por lo tanto, si tu fecha de nacimiento es antes del 30 de junio, te podrías jubilar este año 2024, cuando ya tuvieses cumplidos 66 y 6 meses.
Y si tu fecha de nacimiento es posterior al 30 de junio, deberías esperar a tener 66 años y 8 meses, ya en 2025.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!