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Fiscalidad importación inmovilizado material

5 respuestas
Fiscalidad importación inmovilizado material
Fiscalidad importación inmovilizado material
#1

Fiscalidad importación inmovilizado material

 Hola comunidad, 

Estoy pensando en hacer una compra de Estados Unidos de un paquete de una cámara + accesorios. El precio total rondaría los 4000 USD. 
Esto forma para de mi actividad como autónomo, con lo cual quiero deducirme en IRPF e IVA. Ya tengo experiencia amortizando según tablas. 

Entiendo que si una inmovilizado es superior a 3.005€, es considerado inversión a efectos de IVA.
Sin embargo, los 4000USD es el total. La cámara rondará los 2800 USD y el resto son varios accesorios de diferentes importes. En ese caso, sólo la cámara sería bien de inversión únicamente a efectos de IRPF y tendría que amortizarla según tablas. El resto podría deducírmelo totalmente en IRPF e IVA.

Creéis que si le pido al vendedor que me emita una factura en la que se desglose los gastos, podría servirme para que ninguno sea bien de inversión y así recuperar el IVA de importación al final del T4 este año? ¿O debo considerar el total como si fuera un único inmovilizado?
Entiendo, eso sí, que los aranceles e IVA de importación me lo calcularán según el total, no individualmente.

De esta manera podría declarar los importes correspondientes en las casillas 36 y 37 del modelo IVA 303: "En adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios corrientes ." Es correcto?

Muchas gracias de antemano!
#2

Re: Fiscalidad importación inmovilizado material

Por partes: 
- a efectos de IVA da igual que sea bien de inversión o no, el IVA vas a deducirlo de forma íntegra (con carácter general),la diferencia (a efectos de IVA) al considerarlo bien de inversión es que estará sujeto a “regularización de bienes de inversión “ durante 4+1 años. Puedes ver ese concepto en el artículo 109 de la Ley de IVA. 
- Estas realizando una importación, no una adquisición intracomunitaria. El IVA que vas a soportar va a ser el que te hacen pagar en Aduana como IVA de importación. Como te he dicho, podrás aplicarlo en su totalidad, independientemente de que desglose importes o no. Casillas 34 y 35 de la declaración “Por cuotas soportadas en las importaciones de bienes de inversión” o, si no quiere considerarlos como bienes de inversión, casillas 32 y 33 “por cuotas soportadas en las importaciones de bienes corrientes”. 


#3

Re: Fiscalidad importación inmovilizado material

Hola Sreko,

muchas gracias por tu respuesta y perdona el retraso en responderte. He tenido una semana complicada...
Genial, entonces voy a poder recuperar el IVA soportado al importar. Creo que le pediré de todas maneras la factura desglosada al vendedor y así meto todo en casillas 32 y 33 “por cuotas soportadas en las importaciones de bienes corrientes” al valer cada artículo menos de 3005€.
Sólo la cámara sería bien de inversión a efectos de IRPF y amortizo según tablas.

Otra pregunta, si no es molestia:
estoy pensando en hacer otra compra, esta vez a un vendedor alemán que no está inscrito en el ROI y, por tanto, no puede hacer facturas exentas de IVA. Me dice que me puede hacer una factura con IVA alemán. En ese caso, consideraría la base imposible para deducir como el total (base + IVA alemán), correcto? Si tengo que amortizar, lo haría también a partir de esa cifra total, no es así?

Gracias nuevamente!

#4

Re: Fiscalidad importación inmovilizado material

En este caso no incluirás nada en tus declaraciones de IVA, pero podrás pedir la devolución del IVA alemán a través del modelo 360.
#5

Re: Fiscalidad importación inmovilizado material

ohh, pues no tenía ni idea de que se podía recuperar el IVA de compras en la UE.
Aplica para cualquier produto/servicio o debe cumplir alguna serie de condiciones?
En ese caso, el importe a deducir/amortizar sería simplemente la base imponible excluyendo el IVA alemán.

gracias!!
#6

Re: Fiscalidad importación inmovilizado material

La condición es ser empresario o profesional, que la compra esté afecta a tu actividad y que el vendedor te emita factura con IVA del país de origen por no  estar dado de alta en ROI.