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Fiscalidad importación inmovilizado material
Hola comunidad,
Estoy pensando en hacer una compra de Estados Unidos de un paquete de una cámara + accesorios. El precio total rondaría los 4000 USD.
Esto forma para de mi actividad como autónomo, con lo cual quiero deducirme en IRPF e IVA. Ya tengo experiencia amortizando según tablas.
Entiendo que si una inmovilizado es superior a 3.005€, es considerado inversión a efectos de IVA.
Sin embargo, los 4000USD es el total. La cámara rondará los 2800 USD y el resto son varios accesorios de diferentes importes. En ese caso, sólo la cámara sería bien de inversión únicamente a efectos de IRPF y tendría que amortizarla según tablas. El resto podría deducírmelo totalmente en IRPF e IVA.
Entiendo que si una inmovilizado es superior a 3.005€, es considerado inversión a efectos de IVA.
Sin embargo, los 4000USD es el total. La cámara rondará los 2800 USD y el resto son varios accesorios de diferentes importes. En ese caso, sólo la cámara sería bien de inversión únicamente a efectos de IRPF y tendría que amortizarla según tablas. El resto podría deducírmelo totalmente en IRPF e IVA.
Creéis que si le pido al vendedor que me emita una factura en la que se desglose los gastos, podría servirme para que ninguno sea bien de inversión y así recuperar el IVA de importación al final del T4 este año? ¿O debo considerar el total como si fuera un único inmovilizado?
Entiendo, eso sí, que los aranceles e IVA de importación me lo calcularán según el total, no individualmente.
De esta manera podría declarar los importes correspondientes en las casillas 36 y 37 del modelo IVA 303: "En adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios corrientes ." Es correcto?
Muchas gracias de antemano!