Lo primero de todo, haber aportado una persona a planes de pensiones en los años 2009 y 2010 100.000 euros, es una ilegalidad con fuertes repercusiones económicas para el aportante y para las gestoras si tienen conocimiento de esas aportaciones. Existen unos límites financieros (10.000 euros por año, que pasan a 12.500 en caso de ser mayor de 50 años) que no pueden sobrepasarse en ningún caso.
Dicho lo anterior voy a complicar un poco más tu duda, para abarcar un poco más (soy así de caprichoso). Vamos a suponer que llevas muchos años trabajando y que tienes tres planes de pensiones. Independientemente de las cantidades aportadas, acaece una de las contingencias que te permiten rescatar y tus derechos consolidados en esos momentos son:
PLAN I.- De aportaciones hasta 2006: 40.000 euros. De aportaciones desde 2007: 30.000 euros.
PLAN II.- De aportaciones hasta 2006: 15.000 euros. De aportaciones desde 2007: 5.000 euros.
PLAN III.- De aportaciones hasta 2006: 20.000 euros.
Las opciones que tienes:
1.- No solicitar, de momento, la prestación de ninguno de ellos. Te permite incluso seguir aportando para cualquier contingencia.
2.- Solicitar la prestación de todos tus derechos de todos tus planes en este mismo momento. La prestación la puedes solicitar haciendo todas las ingenierías que quieras: todo en forma de capital, en forma de la renta que desees (temporal, vitalicia, diferida ...), en forma mixta de un capital más una renta, solicitando la percepción de un capital ahora y otros capitales en otros momentos ...
3.- Solicitar la prestación de sólo alguno de los planes, con todas las fórmulas de ingeniería que desees.
El comentario de mi anterior mensaje viene en relación a la fiscalidad. Con el cambio producido con la Ley 35/2006 sólo se mantiene la posibilidad de aplicar la reducción del 40% a las prestaciones en forma de capital con origen en aportaciones realizadas hasta 2006. En caso de solicitar la prestación en varios capitales puedes aplicar esa reducción a cualquiera de ellas pero sólo a una. Cuando se tiene un conjunto de planes de pensiones puedes aplicar esa reducción a todas las prestaciones en forma de capital con origen en aportaciones hasta 2006 de todos los planes, siempre que las prestaciones en forma de capital se perciban dentro del mismo año natural.
Siguiendo con el ejemplo. Fiscalmente me podría salir beneficioso (teniendo en cuenta lo que en su día he reducido) solicitar la prestación en forma de capital de todos los derechos consolidados procedentes de aportaciones realizadas antes de 2006 de los tres planes, y dejar los otros 35.000 euros para años venideros. Me va a permitir percibir un capital de 75.000 euros (40.000 + 15.000 + 20.000), tributando como si hubiese percibido 45.000 euros (0,60 x 75.000).
Saludos.