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Tramites necesarios con Hacienda tras casarse?

14 respuestas
Tramites necesarios con Hacienda tras casarse?
Tramites necesarios con Hacienda tras casarse?
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#1

Tramites necesarios con Hacienda tras casarse?

Buenas!

Tengo una duda ya que leyendo por internet veo artículos y opiniones dispares respecto al tema.

Cuando te casas hay que informar a Hacienda de algún modo o no hace falta? En algunos lados veo que hay que hacer el Modelo 030, en otros que ese cambio se hace en el próximo borrador de la renta... O incluso que al hacerlo a través del registro civil que esa información se cruza con Hacienda automáticamente y no hay que hacer nada.

Entiendo que si no hago nada y simplemente en el borrador del año que viene confirmo que he pasado de soltero a casado será suficiente pero quería ver por aquí lo que opinais.

Un saludo!
#3

Re: Tramites necesarios con Hacienda tras casarse?

Por el mero hecho de casarse, no hay que informar a Hacienda. 
Cuestión distinta es que, por casarte, cambies de domicilio, en cuyo caso hay que informar a Hacienda y otras muchas instituciones (es casi seguro que se te olvide alguna).

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: Tramites necesarios con Hacienda tras casarse?

Seguimos viviendo en el mismo sitio, entonces entiendo que nada no?
#5

Re: Tramites necesarios con Hacienda tras casarse?

Nada, no hay que hacer nada.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Tramites necesarios con Hacienda tras casarse

Formalmente hay que presentar el 030. Casillas 111 y 112. Yo lo presentaría, gratis y fácil por internet. Dicho esto, no conozco a nadie que lo halla hecho. 
#7

Re: Tramites necesarios con Hacienda tras casarse

La cuestión es si pasaría algo si no se hiciese, Hacienda podría llegar a multar o simplemente en el borrador del año que viene actualizarias tu estado civil?
#8

Re: Tramites necesarios con Hacienda tras casarse

Solo si existen discrepancias con el borrador. 
#9

Re: Tramites necesarios con Hacienda tras casarse

A que te refieres con discrepancias? A presentar el borrador como soltero estando casado?
#10

Re: Tramites necesarios con Hacienda tras casarse

El año que viene, en el momento en que presentes la declaración de IRPF, Hacienda quedará informada de tu nuevo estado civil. Mientras tanto, tu estado civil no afecta para nada a tus relaciones con el fisco.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Tramites necesarios con Hacienda tras casarse

Ojo con esto, yo no comuniqué nada a Hacienda por mi segundo matrimonio, y solo el año pasado me di cuenta (tras doce años) que mi estado civil seguía siendo 'divorciada' (de mi primer marido).  Como haciamos declaracion individual nunca hubo ninguna diferencia, incluso teniendo un hijo en común.  Le hicieron una complementaria el año pasado A MI MARIDO porque se estaba incluyendo gastos de educacion del hijo. El lio es que Hacienda había interpretado que era divorciada de mi actual marido, y él tuvo que presentar libro de familia, etc.  Conclusión, yo he tenido que rellenar el impreso mencionado para declarar mi estado civil (que ahora es el correcto, casada). Yo recomendaría comunicarlo si no aparece en el borrador del año que viene (NB; mi marido si que les aparecia como casado conmigo... O sea que a lo mejor solo se lian si cambias de estado civil)
#12

Re: Tramites necesarios con Hacienda tras casarse?

Una pregunta aprovechando el hilo, a ver si alguien lo sabe.

En caso de que al tramitar el año que viene el borrador, se indique el cambio de estado (soltero a casado), ¿el propio sistema recalcula el resultado de la renta como si fuera conjunta? ¿o esto solo sucede si lo avisas previamente?
#13

Re: Tramites necesarios con Hacienda tras casarse

Por eso dije que el año que viene, al presentar la declaración, Hacienda quedará informada del nuevo estado civil. Siempre que así lo hagas constar en la declaración, obviamente.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#15

Re: Tramites necesarios con Hacienda tras casarse?

No te preocupes, es más sencillo de lo que tendemos a pensar.
Cuando empieces con tu declaración y tu pareja con la suya lo primero será ratificar domicilio fiscal, si lo habéis cambiado se comunica y punto.
Con el matrimonio tres cuartos de lo mismo cuando llegues a ese punto y con lo de hacerla conjunta igual, la empieza uno y tiene que meter en un apartado especifico, que CLARAMENTE te pide la referencia de tu pareja, así en un mismo acto haréis las dos declaraciones individuales  y la conjunta
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