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Minimizar fiscalidfad IRPF por venta vivienda no habitual de padres
Si mis padres vendieran una vivienda no habitual comprada hace muchos años, el IRPF se comería bastante las ganancias (25%?)
He visto que una manera de minimizar ese pago de ganancia en IRPF es crear la ganancia en una renta vitalicia para ir cobrando rentas poco a poco y minimizar la fiscalidad (creo que sería del 8% al tener más de 70 años). Pero, qué ocurriría en caso de fallecimiento? Si en la cláusula pone que se hereda, no habría problemas, pero creo (pregunto al que sepa) que en caso de heredar entonces la renta vitalicia se cancela, pasa a herencia y me imagino que entonces en IRPF deberá pagar el heredero la ganancia patrimonial de la venta de la vivienda en IRPF? Es decir, la ventaja de menos fiscalidad se pierde?
No sé si hay alguna otra manera de reinvertir la ganancia patrimonial para minimizar la fiscalidad.
En otra ocasión he preguntado y parece que lo mejor es esperar a realizar una venta cuando los herederos hereden, puesto que entonces se actualiza la vivienda a precio de mercado y en caso de vender, la ganancia patrimonial es muchísimo menor, cierto?
Porque otra opción es donar al inmueble a los herederos en vida, pero creo que ahí no te escapas de la ganancia patrominal sino que la harían los hijos cuando la vendieran (creo que en donaciones no se puede actualizar el precio del bien si pagar a Hacienda)
Bueno, si alguien puede aclararme las formas de minimizar el impacto fiscal en IRPF de una hipotética venta de un inmueble comprado hace 30 años por unos padres lo agradecería.
Saludos y gracias.
He visto que una manera de minimizar ese pago de ganancia en IRPF es crear la ganancia en una renta vitalicia para ir cobrando rentas poco a poco y minimizar la fiscalidad (creo que sería del 8% al tener más de 70 años). Pero, qué ocurriría en caso de fallecimiento? Si en la cláusula pone que se hereda, no habría problemas, pero creo (pregunto al que sepa) que en caso de heredar entonces la renta vitalicia se cancela, pasa a herencia y me imagino que entonces en IRPF deberá pagar el heredero la ganancia patrimonial de la venta de la vivienda en IRPF? Es decir, la ventaja de menos fiscalidad se pierde?
No sé si hay alguna otra manera de reinvertir la ganancia patrimonial para minimizar la fiscalidad.
En otra ocasión he preguntado y parece que lo mejor es esperar a realizar una venta cuando los herederos hereden, puesto que entonces se actualiza la vivienda a precio de mercado y en caso de vender, la ganancia patrimonial es muchísimo menor, cierto?
Porque otra opción es donar al inmueble a los herederos en vida, pero creo que ahí no te escapas de la ganancia patrominal sino que la harían los hijos cuando la vendieran (creo que en donaciones no se puede actualizar el precio del bien si pagar a Hacienda)
Bueno, si alguien puede aclararme las formas de minimizar el impacto fiscal en IRPF de una hipotética venta de un inmueble comprado hace 30 años por unos padres lo agradecería.
Saludos y gracias.