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Deducción conyuge discapacidad

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Deducción conyuge discapacidad
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Deducción conyuge discapacidad
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#1

Deducción conyuge discapacidad

Hola, solicité el reconocimiento del grado de discapacidad de mi suegra y le dieron un 50%, es una persona mayor que también tiene un grado de dependencia. He de decir que yo soy su cuidador mediante resolución de los servicios sociales, tiene grado I.
Vive con mi suegro en el mismo domicilio, tienen 87 y 90 años. Presenté declaración IRPF y esta semana les han devuelto los 1200€ por "conyuge con discapacidad a cargo".
Mi consulta es la siguiente, es probable que tenga que empadronar a mi suegra en mi casa, vivimos en la misma localidad a 100 metros. De cara a la próxima declaración IRPF, el año que viene pueden seguir aplicándose esa deducción aunque mi suegra haya estado empadronada en mi casa 35 días, hay algunos mínimos de convivencia?, o perdería el derecho a percibir esos 1200€.
Por otro lado, el empadronarla en mi casa por ese corto período de tiempo, puede afectarme a mí en mi declaración IRPF?, ella cobra una PNC de 500€ aproximadamente. 
Gracias!!!
#2

Re: Deducción conyuge discapacidad

Hay que distinguir entre empadronamiento de cara al ayuntamiento y el domicilio fiscal que se declara a Hacienda.
Para deducir por el ascendiente, hay que convivir al menos la mitad del año. Luego lo suyo es que la cobre el marido, aunque podría perder los meses en los que esté en tu casa.
El problema está en que a tu suegra le pueden quitar la PNC, ya que tendrán en cuenta los ingresos del nuevo hogar donde reside. 
#3

Re: Deducción conyuge discapacidad

En temas de dependencia, sólo es obligatorio el certificado de convivencia (lo que implica a estar empadronado en el mismo domicilio) cuando se le reconoce un grado de dependencia III.
Si tuvieses que empadronarlos en tu vivienda (doy por hecho que irían en el pack suegro y suegra), los empadronas como unidad familiar independiente de la que constituyen tú, y puedes olvidarte de cualquier posible efecto colateral que ese empadronamiento pudiese tener en ti fiscalidad.
#6

Re: Deducción conyuge discapacidad

Entiendo entonces que la mejor solución es empadronarlos a los dos como unidad familiar independientemente, de esta manera no afecta mi IRPF y sus deducciones se las siguen aplicando. Yo no me quiero beneficiar de sus deducciones y tampoco quiero perjudicarles a ellos.
De todas maneras los puedo empadronar 1 mes y no cambiar la dirección fiscal. El año que viene los vuelvo a empadronar en su casa y cuando hagan la renta ratifican su domicilio actual.
Gracias!!!
#7

Re: Deducción conyuge discapacidad

Estoy mirando lo que me comentas de empadronarlos como unidad familiar independiente en la sede electrónica del ayuntamiento y no veo distinción, ni opción para hacer este trámite. Donde se debe indicar que no quiero que formen parte de mi unidad familiar?, o esto se lo debo notificar a la AEAT?.
Gracias!!!
#8

Re: Deducción conyuge discapacidad

#9

Re: Deducción conyuge discapacidad

#10

Re: Deducción conyuge discapacidad

#11

Re: Deducción conyuge discapacidad

Supongo que el ayuntamiento, si no hay modelo específico (que parece ser que no lo hay) deberí  añadir expresament  que se empadronan en el domicilio X y que constituyen un  unidad familiar independiente( probabl  documentación necesari:dnis solicitantes, autorizació  de los solicitantes para presentar esa solicitud,libro de familia, declaracione  de la renta del ejercicio anterior o si no se presentaron,un certificado de rentas


Consulta en tu ayuntamiento.
Ahora bien, si por la razón que sea, que no mencionas debes empadronar 1 mes a tus suegros en tu vivienda, has de tener en cuenta que el empadronamiento indica el lugar donde residen habitualmente y  permite acceder a servicios municipales. La residencia fiscal, en cambio, determina dónde deben pagar impuestos y se basa en dónde pasas la mayor parte del año o dónde están tus intereses económicos. 

#13

Re: Deducción conyuge discapacidad

El Ayuntamiento solo los empadrona, pero nada más, la cuestión de la Unidad Familiar Fiscal compete a Hacienda y mejor dicho aún, lo determina en cada caso la Ley del IRPF. Tus suegros o tus padres no formaran nunca parte de tu Unidad Familiar Fiscal, en cambio, al residir y estar empadronados en tu domicilio si forman parte de la Unidad de Convivencia que parece lo mismo, pero no lo es, esto último si que interviene en muchas Ayudas Sociales y puede afectar en la concesión de algunas, Pensión no Contributiva y algunas más. Ve con ojo porque pueden haber sorpresas negativas.
#14

Re: Deducción conyuge discapacidad

Es un tema difícil. Muy resumido, mi mujer y yo nos encargamos del cuidado de sus padres, 90 y 87 años, su madre 50% discapacidad y grado 1 dependencia, su padre valorado y a la espera de la resolución del grado que le asignen. Yo estoy puesto como el cuidador de mi suegra. Viven juntos a 100 metros de mi casa, la atención que reciben por parte nuestra es inmediata por la cercanía de ambos domicilios. 
A todo esto le sumamos que nuestra hija tiene un 73% discapacidad, desempeña actividad retribuida y grado 1 también reconocido. Requiere atenciones.
Mi mujer no trabaja, pero al final trabaja mucho más que yo.
Mi idea es pedir una reducción de jornada en el trabajo, para poder ayudar a mi mujer y liberarla de la asistencia de nuestra hija, vamos, compartir el cuidado de suegros e hija.
Por normativa, la reducción por mi hija no la puedo pedir ya que desempeña actividad retribuida.
Por mi suegra siendo yo el cuidador que aparece en el PIA podría pedirla, pero creo que es obligado que esté empadronada en mi casa, antes de consultarlo a la empresa quiero tener información.
Este es el motivo de mis consultas.
Gracias  mivisa 

#15

Re: Deducción conyuge discapacidad

Esa necesidad de empadronamiento tan corto se debe a alguna circunstancia especial o de necesidad?