Según el sitio web de la Agencia Tributaria y el Real Decreto que regula el bono social térmico, este no es un descuento en la factura mensual de la luz, sino una ayuda directa destinada a cubrir gastos de calefacción, agua caliente y cocina. Su concesión está vinculada al bono social eléctrico y depende de tu situación económica y social (como familia numerosa o discapacidad, por ejemplo).
1. Declaración en la Renta
El bono social térmico tiene la consideración de ganancia patrimonial sujeta al IRPF, ya que se trata de una ayuda económica percibida. Por lo tanto, deberás incluirlo en tu Declaración de la Renta del ejercicio correspondiente, aunque no genere retención. El importe se incluye en la base imponible general.
2. Motivo del retraso en el ingreso
El pago de esta ayuda suele realizarse de forma anual mediante transferencia bancaria, y los plazos pueden variar según las comunidades autónomas. Si no has recibido el ingreso en años, te recomiendo revisar la situación de tu solicitud contactando con la entidad que gestionó el bono o consultando en la web de tu comunidad autónoma.
3. Futuro del bono social térmico
Es cierto que hay debates sobre modificaciones en las ayudas sociales vinculadas a la energía, pero no hay un anuncio oficial de su desaparición a fecha de hoy. En caso de cambios normativos, se publicará en el BOE. Si necesitas más ayuda, te recomiendo contactar directamente con la Agencia Tributaria o revisar la normativa autonómica para tu caso específico.