Según la web de ai de hacienda
Según el sitio web de la Agencia Tributaria, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) prescribe a los 4 años y 6 meses desde la fecha de fallecimiento del causante si se presentó autoliquidación, o a los 4 años desde el último requerimiento de Hacienda si hubo comprobación.
En vuestro caso, dado que el oro no se incluyó en la herencia original, el criterio de Hacienda es que el plazo de prescripción empieza a contar desde que se declara el bien, es decir, desde la adición de herencia. Esto significa que el ISD no está prescrito y que deberéis liquidarlo antes de vender.
Pasos a seguir
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Realizar la adición de herencia
- Se hace ante notario mediante escritura pública, incluyendo el oro como bien heredado.
- No es necesario justificar con facturas su compra, basta con declarar que formaba parte del patrimonio de vuestra madre (lo cual es común en herencias de joyas, oro o dinero en efectivo).
- Se fija su valor a fecha de fallecimiento de vuestra madre, tomando como referencia la cotización del oro en ese momento.
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Liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)
- Se presenta un modelo 650 complementario ante la Agencia Tributaria de la comunidad autónoma correspondiente.
- Se paga el impuesto si corresponde, aunque en muchos casos, por reducciones y bonificaciones autonómicas, podría ser cero o muy bajo.
- A partir de este momento, los 4 años de prescripción del ISD empiezan a contar.
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Vender el oro y tributar en el IRPF
- La ganancia patrimonial se calculará como la diferencia entre el precio de venta y el valor del oro a la fecha del fallecimiento de vuestra madre.
- Esta ganancia tributa en la base del ahorro del IRPF, con tipos entre el 19% y el 28%.
Conclusión
El criterio del fiscalista del banco es correcto:
- Debéis hacer la adición de herencia y liquidar el ISD antes de vender.
- El impuesto no es cero automáticamente, sino que depende de la normativa autonómica.
- La base imponible en el IRPF será la diferencia entre el valor de venta y el valor a la fecha de fallecimiento de vuestra madre.
Dado que es un proceso con implicaciones fiscales importantes, os recomiendo contar con un asesor fiscal para asegurar que la declaración se hace correctamente y evitar problemas con Hacienda.