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Declaración de la renta. Cantidades percibidas indebidamente
Buenos días,
Os cuento. Mi mujer se puso de baja médica por enfermedad cuando estaba trabajando con una reducción de jornada del 40%. La baja está siendo de larga duración. El caso es que la empresa se equivocó al confeccionar las nóminas que le correspondían en junio y diciembre de 2024, que incluían las pagas extra, ya que la parte de la paga extra la calcularon como si estuviera trabajando al 100% (sin tener en cuenta la reducción).
El pasado enero detectaron el error y le comunicaron que le descontarían las cantidades que percibió de más en las nóminas de este año. Así, en la nómina de este enero resultó un líquido a percibir de 0 euros porque la cantidad que tenía que devolver superaba a la nómina ordinaria.
Nuestra duda es cómo corresponde declarar esta circunstancia en la declaración de la renta, ya que en el ejercicio 2025 está devolviendo cantidades que corresponden al año 2024 pero que, supongo, no vendrán recogidas en los datos fiscales del 2024.
¿Cómo tendría que hacer?, ¿se podría recoger ya la devolución en la declaración de 2024 y de qué forma, o sería necesario hacer una complementaria en 2025?
Muchas gracias por cualquier ayuda. Estamos muy verdes en temas de fiscalidad y en la empresa no nos van a ayudar.
Un saludo
Os cuento. Mi mujer se puso de baja médica por enfermedad cuando estaba trabajando con una reducción de jornada del 40%. La baja está siendo de larga duración. El caso es que la empresa se equivocó al confeccionar las nóminas que le correspondían en junio y diciembre de 2024, que incluían las pagas extra, ya que la parte de la paga extra la calcularon como si estuviera trabajando al 100% (sin tener en cuenta la reducción).
El pasado enero detectaron el error y le comunicaron que le descontarían las cantidades que percibió de más en las nóminas de este año. Así, en la nómina de este enero resultó un líquido a percibir de 0 euros porque la cantidad que tenía que devolver superaba a la nómina ordinaria.
Nuestra duda es cómo corresponde declarar esta circunstancia en la declaración de la renta, ya que en el ejercicio 2025 está devolviendo cantidades que corresponden al año 2024 pero que, supongo, no vendrán recogidas en los datos fiscales del 2024.
¿Cómo tendría que hacer?, ¿se podría recoger ya la devolución en la declaración de 2024 y de qué forma, o sería necesario hacer una complementaria en 2025?
Muchas gracias por cualquier ayuda. Estamos muy verdes en temas de fiscalidad y en la empresa no nos van a ayudar.
Un saludo