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Obras antes de heredar

1 respuesta
Obras antes de heredar
Obras antes de heredar
#1

Obras antes de heredar

Buenos dias,

Mi duda es la siguiente.Hay varios hermanos y el padre ya ha fallecido,no obstante se conoce cuál será la herencia aunque la madre es la usufructuaria de los bienes hasta su fallecimiento.
Los bienes que están dentro de una comunidad han requerido alguna derrama que ha asumido la madre como usufructuaria.
Sin embargo qué pasa con los bienes que son casas o locales individuales que no pertenecen a comunidades u obras de interior en una vivienda para mejorarla sin que sea una exigencia de la comunidad.
Puede un hermano hacer reformas en estos casos con el dinero de la madre que aún vive?
Quedo a la espera de vuestra sabia respuesta y muchas gracias por vuestro tiempo.
#2

Re: Obras antes de heredar

Según el sitio web de la Agencia Tributaria, en una situación en la que la madre es usufructuaria de los bienes heredados, es ella quien tiene el derecho de uso y disfrute de dichos bienes, pero sin ser la propietaria plena, ya que la nuda propiedad pertenece a los herederos (los hijos en este caso).

Sobre las derramas y gastos en bienes en usufructo:

  1. Gastos de mantenimiento y conservación: El usufructuario (en este caso, la madre) tiene la obligación de asumir los gastos de mantenimiento y conservación ordinaria de los bienes, tal como establece el Código Civil en su artículo 500. Esto incluye, por ejemplo, pequeñas reparaciones o gastos comunitarios ordinarios.
  2. Gastos extraordinarios o mejoras: Cualquier obra de mejora o reforma que no sea estrictamente necesaria para la conservación del bien no es una obligación del usufructuario. Por lo tanto, si un hijo quiere hacer una reforma en un inmueble de la herencia utilizando el dinero de la madre usufructuaria, esto puede generar conflicto legal si no cuenta con su consentimiento expreso.

Uso del dinero de la madre para reformas:


Si la madre, como usufructuaria, está de acuerdo en financiar las obras con su dinero, en principio no habría problema. No obstante, es recomendable que haya un acuerdo escrito entre los herederos para evitar posibles disputas futuras, especialmente si las mejoras incrementan el valor del inmueble y afectan a la futura herencia.

Además, si la madre financia reformas significativas en un bien cuya nuda propiedad es de los hijos, Hacienda podría interpretar que se trata de una donación encubierta y exigir el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, dependiendo de la cuantía y la Comunidad Autónoma donde resida.

Dado que este es un caso con implicaciones legales y fiscales, le recomendaría que consulte a un abogado especializado en derecho sucesorio para garantizar que todo se haga correctamente.

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