Acceder

Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

19 respuestas
Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social
Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social
Página
1 / 2
#1

Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

Buenos dias.

Una persona que empieza a cobrar un 55% por incapacidad permanente total, como cotiza o aporta a la seguridad social para su futura pension?

Gracias.
#2

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

se declara como rendimientos de trabajo, 
#3

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

La pensión por incapacidad permanente se transforma en pensión de jubilación al llegar a la edad ordinaria de jubilación, se sigue cobrando lo mismo, no se recalcula.
Si se encuentra otro trabajo compatible, se generan nuevas cotizaciones y se puede pedir la pensión nueva o conservar la que viene de la incapacidad.
El problema gordo es como haya una revisión de la incapacidad y la quiten, me parece que esos años se quedan sin cotización, conozco una persona que le pasó y al final solo pudo recibir una pensión no contributiva por falta de años cotizados
#4

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

Entiendo entonces que su de cotizacion a la SS sería la que venía teniendo en su trabajo, por el cual quedó incapacitado, es así?
#5

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

No, te he comentado que mientras cobras pensión no hay cotización, si mañana te quitan la incapacidad te destrozan como le pasó a mi conocido, si estuvo cobrando 8 años incapacidad y se la quitaron con 63 años, se encontró con 8 años sin cotización.
Y si llegas a la edad de jubilación cobrando 900€ de incapacidad, pasan a llamarla pensión de jubilación de 900€
#6

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

Joer, vaya historia. Gracias.
#7

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

Pero en el caso de que me den una incapacidad y después encuentre un trabajo compatible, la pensión de jubilación puedo elegi  la de la incapacidad o la que salga de todo lo cotizado durante toda mi vida laboral o se calcula con las cotizaciones desde que volví a trabajar y pierdo todos los años cotizados anteriormente?
#8

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

los años usados para la incapacidad permanente se pierden, si encuentras otro trabajo se pone el contador de años cotizados a 0.
Por tanto, supongamos que llegas a la edad de jubilación con la pensión de incapacidad permanente, y además has cotizado de nuevo lo suficiente para generar otra pensión:
-¿son del mismo régimen (ambas en el régimen general, o ambas en autónomos) ? Si la respuesta es sí, puedes elegir una u otra, no sumarlas.
-¿son de distinto régimen? (te dieron la incapacidad como autónomo y luego has trabajado 15 años como asalariado). Entonces se pueden sumar.
Aquí te cuentan estos casos, y una sentencia de una mujer que le concedieron dos incapacidades porque eran en regímenes distintos:
https://www.campmanyabogados.com/incapacidad-permanente/jubilacion

https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-2025-00000002824

#9

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

Pues menuda putada, tengo una compañera que con 50 años le dieron la incapacidad y al año se puso a trabajar otra vez( cobrando tb la incapacidad). Y visto lo visto le salía mucho mas rentable que no le dieran la incapacidad pq ella iba a cobrar casi la pensión máxima cuando se jubilara y ahora  fue al tribunal médico y le van a dar el alta de la incapacidad y se va a quedar con la pensión que genere desde los 51 años, si no he entendido mal, o solo es en el caso de que continúe con la incapacidad permanente hasta la jubilación?

Gracias 


#10

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

Y es posible hacer un convenio especial con el 55% de incapacidad?
#11

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

Si se extingue la pensión de incapacidad, entiendo que las cotizaciones volverán a tenerse en cuenta el día que se jubile, ya que no se está en el caso descrito de 2 pensiones...
#12

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

Sí estás trabajando de nuevo y sería para la nueva pensión, ya te he comentado que la pensión de incapacidad pasa a ser de jubilación sin modificaciones. Mira el punto 5 de este enlace, dice que el pensionista por incapacidad tiene que estar en alguna de las situaciones de los puntos 2-3-4 (trabajando)
https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10547/10554/4211?changeLanguage=es
#13

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

Yo entiendo que si estas cobrando la pension de incapacidad del 55% puedes hacer el convenio si puedes permitirtelo,; por ejemplo si tienes dinero ahorrado y no quieres trabajar en otro trabajo, pagas y mejoras tu cotizacion mientras puedas permitirtelo. Eso entiendo yo, quizas me equivoco.
#14

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

no, cuando recibes una pensión de incapacidad permanente, y estás con ella hasta la edad de jubilación, no hay cotizaciones nuevas, te lo he comentado y te lo repito: la pensión pasa automáticamente a ser la de jubilación con la misma cantidad. Si es muy baja, la única mejora que puedes tener es porque la pensión mínima sea mayor cuando cumples 65 años o la edad que sea.
La propia Seguridad Social te lo cuenta:
https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10960/28750/28753
 Las pensiones de incapacidad permanente pasarán a denominarse pensiones de jubilación, cuando los beneficiarios cumplan la edad de 65 años, sin que esta nueva denominación implique modificación alguna respecto de las condiciones de la prestación que se venga percibiendo, ni alteración del régimen jurídico de las prestaciones que puedan derivarse de ellas. 
El convenio tiene sentido si empiezas a currar en otro lado, para mejorar esa otra pensión, que, llegado el momento, como he explicado, puedes elegir esta pensión nueva frente a la de incapacidad, si es en el mismo régimen (el General o el de autónomos), o acumularlas si son en regímenes distintos.

#15

Re: Incapacidad del 55%, como cotiza? - Seguridad Social

Buenas tardes @bacalao,

Esto que dices: "los años usados para la incapacidad permanente se pierden, si encuentras otro trabajo se pone el contador de años cotizados a 0", ¿sabes en que ley lo podría encontrar?

Un compañero de trabajo hizo esta misma pregunta en un CAISS y le dijeron lo contrario, no perdía las cotizaciones ni los años trabajados, una vez llegada la edad de jubilación tendría que decidir entre una u otra al ser del mismo régimen (asalariado). En su caso le dieron una invalidez total y dentro de la misma empresa lo reubicaron haciendo otro trabajo compatible con la invalidez total.

¡Un saludo!