Prescripción de las devoluciones por cuenta vivienda caducada
Tengo una duda que tengo al presentar la declaración de este año.
Yo abrí una cuenta vivienda en 2006 y he desgravado durante cuatros años (IRPF 2006, 2007, 2008 y 2009) el 15% de las aportaciones. Finalmente no he comprado la vivienda. En 2010 no tuve que devolver las desgravaciones realizadas porque como sabréis hubo una prórroga para la compra hasta el 31 de dic. Ahora me corresponde devolver en el IRPF 2010 todo lo desgravado.
Mi pregunta es: ¿Puedo no devolver la aportación de 2006 porque han pasado más de 4 años y ha prescrito? Es decir, ¿Cuándo empieza a contar el plazo de la infracción, el año de cada desgravación por separado o el año en que debería haberlo devuelto?
Para dejar clara la pregunta: Si no devolviese ninguna desgravación, cuando Hacienda lo detecte ¿Cuáles podría exigirme? Porque suponiendo que lo detecta en 2011 incluso la de 2007 habría prescrito.
Gracias