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Prescripción de las devoluciones por cuenta vivienda caducada

2 respuestas
Prescripción de las devoluciones por cuenta vivienda caducada
Prescripción de las devoluciones por cuenta vivienda caducada
#1

Prescripción de las devoluciones por cuenta vivienda caducada

Tengo una duda que tengo al presentar la declaración de este año.

Yo abrí una cuenta vivienda en 2006 y he desgravado durante cuatros años (IRPF 2006, 2007, 2008 y 2009) el 15% de las aportaciones. Finalmente no he comprado la vivienda. En 2010 no tuve que devolver las desgravaciones realizadas porque como sabréis hubo una prórroga para la compra hasta el 31 de dic. Ahora me corresponde devolver en el IRPF 2010 todo lo desgravado.

Mi pregunta es: ¿Puedo no devolver la aportación de 2006 porque han pasado más de 4 años y ha prescrito? Es decir, ¿Cuándo empieza a contar el plazo de la infracción, el año de cada desgravación por separado o el año en que debería haberlo devuelto?

Para dejar clara la pregunta: Si no devolviese ninguna desgravación, cuando Hacienda lo detecte ¿Cuáles podría exigirme? Porque suponiendo que lo detecta en 2011 incluso la de 2007 habría prescrito.

Gracias

#2

Re: Prescripción de las devoluciones por cuenta vivienda caducada

Bajo mi punto de vista, el plazo empieza a contar desde que has incumplido las condiciones de la cuenta vivienda: en tu caso 31.12.10.

Por lo tanto esa fecha es la que hay que tener en cuenta para la prescripción.

Saludos.

#3

Re: Prescripción de las devoluciones por cuenta vivienda caducada

Entiendo como Empty que incumplimiento se produce el 31-12-2010, y el plazo para regularizar dicha situación es el de la presentación de la declaración de 2010, es decir hasta el 30-6-2011.
La posibilidad de exigir la deuda tributaria,derivada de la regularización, prescribirá el 30-6-2015.

Saludos.