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Dudas fiscalidad fondos inversion

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Dudas fiscalidad fondos inversion
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Dudas fiscalidad fondos inversion
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#9

Re: Dudas fiscalidad fondos inversion

Un ejemplo.
En el foro de depósitos, la conversación suele versar sobre: "tengo un depósito de 10000 euros al 4% que me vence en abril...¿que hago?".
Es decir que, en abril a este señor le van a devolver los 10.000 mas el 4% de interés ...aunque no necesite para nada ese dinero o solo lo necesite en parte y además va a tener que pagar a hacienda 84 euros en concepto de irpf.
Si esos mismos 10000 euros los tuviera en fondos que le rentaran plusvalias equivalentes a ese 4%, nada de eso ocurriría, simplemente ...si llega el caso de necesitar por ejemplo 4000 euros, reembolsaría participaciones por ese valor y pagaría el irpf correspondiente a esa cantidad...o sea 33.6 euros. Y los 6000 restantes seguiría su marcha con la rentabilidad correspondiente.
Yo a eso le veo una ventaja inconmensurable.
Saludos.

#10

Re: Dudas fiscalidad fondos inversion

Copio y pego de un artículo que comparaba Depósitos vs Fondos:

>>Fiscalidad:
Este aspecto es fundamental, ya que los fondos de inversión tienen unas ventajas únicas en este sentido.
En primer lugar, la simple operativa del fondo tiene una gran ventaja ya que cuando se rescatan los beneficios de un fondo, en realidad se rescatan participaciones que han aumentado de valor, por lo tanto no todo lo rescatado es ganancia.
Este argumento se puede ver mejor en este ejemplo:
Depósito de 10.000 euros que da un interés del 2%:
- Beneficio: 200 euros
- Tributación mínima: 21% x 200 euros = 42 euros
- Fondo de inversión de 10.000 euros del que se rescatan 200 euros ya que ha generado un beneficio del 2%
Nº participaciones iniciales: 1.000
- Valor participación inicial: 10 euros
- Valor participación tras beneficio del 2%: 10,2 euros
- Participaciones rescatadas: 19,61 (200/10,2)
- Beneficio imputado: (19,61 x 10,2)- (19,61 x 10)= 3,9 euros
- Tributación mínima: 21% x 3,9 euros = 0,82 euros
Diferencia de tributación: Se paga, al menos, 41,18 euros más invirtiendo a través de un depósito que de un fondo de inversión (se reduce la tributación en un 98%).
Además de esta gran diferencia, hay otra, que además es única para los fondos de inversión: Se pueden hacer traspasos entre fondos sin tributar, independientemente de la gestora, comercializadora, tipos de activos donde invierta, zonas geográficas... únicamente se tributa en el momento de hacer líquida la inversión.
Este diferimiento, no es un simple retraso para pagarlo a posteriori, sino que tiene ventajas reales:
- En 2012 el Gobierno incrementó los tipos puntualmente para los años 2012 y 2013; con la intención de volverlos a rebajar en 2014. Si confiamos en sus palabras, esperar a 2014 ya nos genera beneficios. Si únicamente se necesita una parte, ya hemos visto que prácticamente no se tributa.
- Elección del momento de tributación: Como los beneficios, se pueden compensar con las pérdidas, el poder elegir el año en que se tributa nos puede generar un ahorro fiscal muy importante.
- La capitalización de la cantidad "dejada de pagar": Todo el ahorro fiscal que supone no tributar, a su vez está dentro del fondo, por lo tanto la rentabilidad que se obtiene es sobre una cantidad mayor por lo tanto el beneficio neto es superior, siendo muy considerable con el paso de los años.<<